MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 302 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, Y APRUEBA NÓMINA COMPLEMENTARIA DE POSTULANTES BENEFICIADOS EN EL PRIMER PROCESO DE SELECCIÓN DEL LLAMADO A POSTULACIÓN INDIVIDUAL O GRUPAL, PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA DEL CAPÍTULO SEGUNDO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, EFECTUADO POR RESOLUCIÓN Nº 302 EXENTA (V. Y U.), DE 2020

    Santiago, 15 de diciembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 1.793 exenta.
     
    Visto:
     
    1) El DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    2) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    3) La resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, mediante la cual se realiza el llamado a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda, del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y fija la distribución de recursos;
    4) La resolución exenta Nº 1.420 (V. y U.), de 2020, que aprueba la nómina de Beneficiarios del primer proceso de selección del llamado a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda, del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    Considerando:
    Que según lo señalado en el resuelvo 2, de la resolución citada en el número 4) de los Visto, se permite desarrollar un proceso de selección complementario al primer proceso de selección del llamado a postulación individual o grupal, para el desarrollo de proyectos de mejoramiento y ampliación de la vivienda, del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de 2020, en el sentido de reemplazar la letra b) del Resuelvo 2, por lo siguiente:
    b) Los plazos correspondientes al segundo proceso de selección, serán los siguientes:
     
    - "Digitación de las postulaciones: desde el 1 septiembre al 5 de octubre de 2020, pudiendo superponerse al proceso de habilitación de las postulaciones y comunicación de los resultados, ya que, en caso de requerirse, se podrá prorrogar este periodo dentro del plazo de habilitación de las postulaciones.
    - Habilitación de las postulaciones y Comunicación de resultados: desde el 6 de septiembre hasta el 15 de octubre de 2020. En caso de requerirse, el período de habilitación de las postulaciones podrá prorrogarse dentro del periodo de la presentación de la revisión y calificación de los proyectos.
    - Presentación, Revisión y Calificación de los proyectos: desde el 16 de octubre al 10 de diciembre de 2020.
    - Selección de las postulaciones: a partir del 15 de diciembre de 2020 se iniciará el proceso de Selección de las postulaciones del presente llamado."
     
    2. Apruébanse las nóminas complementarias de beneficiados para el otorgamiento de subsidios habitacionales correspondientes al primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2020, para el desarrollo de proyectos del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante la resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución exenta. Además, fíjase el número de postulantes seleccionados por región, según se indica en la siguiente tabla:
     
   
    3. Comprométanse los recursos disponibles para la selección complementaria del primer proceso de selección del llamado a postulación para el año 2020, para el desarrollo de proyectos del capítulo segundo del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, efectuado mediante la resolución exenta Nº 302 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, según la distribución por tipo de proyecto y por región, señaladas en el siguiente cuadro:

   
    4. El Saldo de Recursos para la segunda selección de este llamado será de 1.298.908,43 UF y se distribuirá regionalmente según el siguiente cuadrResolución 135 EXENTA,
VIVIENDA
N° 1
D.O. 12.02.2021
o:
    .
    *A estos recursos se adicionarán los recursos especiales para subsidio de hacinamiento que no se aplicaron en la primera selección.
     
    5. Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial; y en un periódico de circulación regional en cada región del país, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al resuelvo número 2. de esta resolución exenta, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto del cual se trate, el nombre de cada postulante con su respectiva cédula de identidad y el puntaje obtenido por el grupo o persona.
     


    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.