1. Modifícase la resolución Nº 997, de 2020, del Ministerio de Salud, de acuerdo a lo siguiente:
     
    a. Incorpórase, a continuación del número 6 bis y antes del número 7, un numeral 6 ter, nuevo, cuyo texto es el siguiente:
     
    "6 ter. Dispóngase que todas las personas que ingresen al país, y que hayan estado en el Reino Unido durante los últimos 14 días, deberán cumplir con la medida de cuarentena por 14 días.
    En este caso, no será aplicable la medida dispuesta en los párrafos segundo y siguientes del numeral 3.".
     
    b. Sustitúyase, en el numeral 7, el guarismo "6 bis" anterior a la palabra "precedentes", por la expresión "6 ter".
    c. Sustitúyase, en el párrafo segundo del numeral 7, la frase "quedarán excluidas de la medida establecida en el numeral 4 de la presente resolución", por la oración "quedarán excluidas de las medidas establecidas en los numerales 4 y 6 ter de la presente resolución".