MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 1, DE 1995, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, QUE ESTABLECE DIMENSIONES MÁXIMAS A LOS VEHÍCULOS QUE INDICA

    Núm. 2.930 exenta.- Santiago, 16 de diciembre de 2020.
      s
    Vitos:
     
    Lo dispuesto en el decreto ley Nº 557, de 1981, del Ministerio del Interior, que crea el Ministerio de Transportes; el decreto con fuerza de ley Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que "Fija normas sobre Atribuciones del Ministerio de Economía en materia de Transportes y restructuración de la Subsecretaría de Transportes"; el decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, de 2007, el cual fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; la resolución Nº 1, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que "establece Dimensiones Máximas a Vehículos que indica"; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    1.- Que el artículo 62 del decreto con fuerza de ley Nº 1, citado en Vistos, prescribe que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones deberá fijar las dimensiones de los vehículos.
    2.- Que es necesario actualizar la resolución Nº 1, citada en vistos.
    3.- Que, con fecha 5 de noviembre de 2019, la Contraloría General de la República informó, mediante dictamen Nº 28.400, que de acuerdo a lo dispuesto en la resolución Nº 7, citado en vistos, los actos administrativos relativos a la materia regulada en la resolución Nº 1, citada en vistos, no son de aquellos sujetos al trámite de toma de razón.
     
    Resuelvo:

     
    1º. Modifícase la resolución Nº 1, de 1995, en los siguientes sentidos:
     
    a) Elimínase en el artículo 1º literal c.6) el punto seguido y la frase "Para el caso que se transporten exclusivamente vehículos, esta combinación podrá alcanzar hasta 22,40 m";
    b) Sustitúyase en el artículo 1º literal c.8), la palabra "especial" por la frase "y camión con remolque especiales";
    c) Elimínase en el artículo 1º el literal c.9);
    d) Sustitúyase en el artículo 1º inciso tercero el guarismo "18,00 m" por "18,60 m";
    e) Sustitúyase en el artículo 1º inciso cuarto la frase "la letra c.7) anterior" por "las letras c.6) y c.7) anteriores";
    f) Sustitúyase en el artículo 1º inciso cuarto el guarismo "tres" por "dos";
    g) Sustitúyase en el artículo 3º la frase "artículo 57º de la Ley Nº 18.290" por "artículo 63º del decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y del Ministerio de Justicia, de 2007, el cual fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito", y
    h) Elimínase el artículo transitorio.
     

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.