SELECCIONA A LAS COMUNIDADES QUE INDICA EN LLAMADO A POSTULACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, DISPUESTO MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 343 EXENTA (V. Y U.), DE  2020 Y DISPONE ASIGNACIÓN DE RECURSOS PARA LA REGIÓN DE ANTOFAGASTA, QUE SE DESTINARÁN AL FINANCIAMIENTO DE LOS PROYECTOS SELECCIONADOS

    Núm. 647 exenta.- Antofagasta, 11 de diciembre de 2020.
     
    Visto:
     
    a) Lo dispuesto en la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en su texto refundido mediante DFL N° 1/19.653 de 2000.
    b) La ley N° 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    c) El DL N° 1.305, de 1975, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    d) La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15, de la ley N° 20.898, para otorgar subsidios a comunidades de copropietarios de acuerdo a la ley N° 19.537, Sobre Copropiedad Inmobiliaria.
    e) El DS N° 27 (V. y U.), de 2016, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios.
    f) La resolución exenta N° 1.237, de 2019, que fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica y fiscalización técnica de obras a programa de mejoramiento de viviendas y barrios.
    g) La circular N° 3, de fecha 28 de enero de 2020, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2020.
    h) La resolución exenta N° 739 del 27.04.2020 que autoriza a los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, para efectuar llamados especiales, correspondientes al Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Vivienda del decreto supremo N° 27 (V. y U.) de 2016, en las regiones de Antofagasta, Metropolitana, del Libertador General Bernardo O'Higgins, de La Araucanía y de Los Lagos.
    i) La resolución exenta N° 343, de fecha 19 de junio de 2020, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, que llama a postulación para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en su Capítulo Tercero: Proyectos para Condominios de Viviendas para la Región de Antofagasta.
    j) Las facultades que me confieren el DS N° 397 (V. y U.) de 1976 que fija el Reglamento de las Secretarías Ministeriales de Vivienda.
    k) Lo dispuesto en la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    l) Mi calidad de Secretario Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta, conferida mediante decreto N° 38 (V. y U.), de 2018.
     
    Considerando:
     
    a. Que Serviu Región Antofagasta calificó favorablemente todas las factibilidades de cinco proyectos ingresados para la postulación correspondiente al llamado citado en el visto i), según lo informado mediante Ord. N° 2880 de fecha 9 de diciembre de 2020, adjuntando nómina de postulados factibles para la selección.
    b. Que mediante correo electrónico de fecha 9 de octubre de 2020, remitido por la Encargada Regional del Programa Condominios a las Entidades Patrocinantes que adjunta acta de evaluación y establece el orden de prelación de los proyectos postulantes, de acuerdo a lo señalado en la resolución exenta N° 343 del Seremi Región de Antofagasta, citada en el visto y al DS N° 27 (V. y U.), de 2016;
    c. El correo electrónico de fecha 19 de agosto de 2020, del Encargado de Registros de la Entidades Patrocinantes de la Seremi de Vivienda y Urbanismo Región Antofagasta, que informa respecto de antecedentes de los prestadores de asistencia técnica con convenio vigente;
    d. Los recursos disponibles consignados en la resolución exenta N° 343 (V. y U.) de 2020, citada en el visto i) dicto la siguiente:
     
    Resuelvo:

     
    1. Asígnense los recursos disponibles para la selección de los postulantes correspondientes al llamado 2020, para el desarrollo de proyectos en Condominios de Viviendas, que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de asistencia técnica, según la distribución que se señala a continuación:
     
    .
     
    2. Fíjese el número de postulantes seleccionados en la Región de Antofagasta, de acuerdo a la distribución regional de recursos para los proyectos que se financiarán, consignada en el resuelvo número 11 de la resolución exenta N° 343 (V. y U.), de 2020, citada en el visto i) según se indica en la siguiente tabla:
     
    .
     
    3. Apruébense los montos y nóminas de beneficiarios de subsidios correspondientes al llamado a postulación establecido mediante la resolución exenta N° 343 (V. y U.), de fecha 19 de junio de 2020, citada en el vistos, adjuntas como anexo de la presente resolución.
    4. Impútese el monto total de 38.753,68 Unidades de Fomento asignados en esta resolución, de las cuales 35.965,00 Unidades de Fomento corresponden a subsidio directo, y 2.788,68 Unidades de Fomento corresponden a Asistencia Técnica, a los recursos autorizados a la Región de Antofagasta, para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios del año 2020, para Condominios Viviendas.
    5. Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por parte de la Seremi Regional y, de acuerdo a lo establecido en el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, Serviu deberá publicar en al menos un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes y proyectos beneficiados, de acuerdo al resuelvo N° 3 de la presente resolución.
     
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Julio Santander Fuentes, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Antofagasta.