MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA COMPAÑÍA NACIONAL DE TELÉFONOS, TELEFÓNICA DEL SUR S.A.
     
    Santiago, 2 de octubre de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 526 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley.
    c) La resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 216 de 1990, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 43.858 de 17.03.2020.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, otorgada a la empresa Compañía Nacional de Teléfonos, Telefónica del Sur S.A., RUT Nº 90.299.000-3, con domicilio en calle San Carlos N° 107, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
     
    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un Concentrador de Conmutación Telefónico Remoto, en la comuna de San Fernando, el que dependerá del Centro de Conmutación Local de Concepción, que fuera autorizado mediante decreto supremo N° 340 de 2001, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, con las siguientes características técnicas:
     
    Para la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins:
     
    .
     
    2. Modificar la zona de servicio autorizada, en el sentido de incorporar los siguientes perímetros formados por las calles y límites que se individualizan para la localidad de San Fernando:
     
    SECTOR A: CENTRO RESIDENCIAL PYME - VILLA CHILLÁN - VILLA ENSENADA
     
    Partiendo desde un punto de intersección de calles Curali y Guadalupe, se desplaza en dirección Noreste por esta última hasta llegar a intersección de esta vía y calle El Roble; en este punto, se desvía hacia el Este sobre calle El Roble hasta alcanzar la Avenida Manso de Velasco, por la cual continúa hacia el Sureste por 160 metros; desde esta ubicación se dirige hacia el Noreste por 120 metros, paralelo a calle Chillán (en su lado norte); desde este lugar se desplaza en dirección Noroeste por 430 metros, paralelo a calle La Media Luna (Villa Chillán), a una distancia aproximada de 20 metros, hasta llegar a calle Valdivia; punto desde el cual continúa el recorrido hacía el Noreste por 145 metros, paralelo a calle Valdivia (en su lado norte), a una distancia cercana a los 20 metros; en este lugar se desvía hacia el Sureste por 420 metros, paralelo a calle La Tonada (Villa Chillán), a una distancia aproximada de 25 metros; el desplazamiento continúa en dirección Noreste por 145 metros, en forma paralela a calle Chillán (por su lado norte, a una distancia cercana a los 45 metros); desde aquí se desplaza hacia el Sureste en 60 metros hasta cruzar calle Chillán, paralela a la cual continúa hacia el Suroeste en 400 metros (por su lado sur), hasta intersectar con Avenida Manso de Velasco, por la cual continúa en dirección Sureste hasta intersectar con Avenida Libertador Bernardo O'Higgins, paralela a la cual continúa en dirección Suroeste, por el bandejón central, hasta alcanzar Avenida Manuel Rodríguez (en su lado norte); desde aquí se desplaza hacia el Sureste hasta intersectar con Avenida Manso de Velasco, por la cual se desplaza en dirección Noroeste hasta encontrar calle Colo-Colo (Villa Ensenada); en este punto se desvía hacia el Noreste y recorre esta vía por 255 metros hasta intersectar con calle Las Ánimas (Villa Ensenada); lugar desde el cual avanza 125 metros, siempre en dirección Noreste, hasta un punto cercano (20 metros en diagonal) a calle Ermita (Villa Ensenada), paralela a la cual continúa por 175 metros; desde aquí se desplaza hacia el Sureste en 900 metros por calle José Miguel Carrera; en este punto se desvía hacia el Suroeste y recorre 90 metros hasta llegar a Avenida Manuel Rodríguez, por la cual se desplaza en dirección Noroeste por 230 metros, para luego continuar hacia el Suroeste por 132 metros y seguidamente otros 65 metros en la misma dirección; desde este punto avanza 200 metros hacia el Noroeste hasta alcanzar un sector cercano a calle Los Claveles, lugar desde el cual se desvía hacia el Noreste en 80 metros hasta encontrar Avenida Manuel Rodríguez (en su lado sur); por la cual continúa en dirección Noroeste por 550 metros hasta intersectar con Avenida Libertador Bernardo O'Higgins; desde esta ubicación se dirige hacia el Sur por esta avenida hasta llegar a calle Curali, vía por la cual continúa en dirección Noroeste hasta intersectar con calle Guadalupe, cerrando, de esta forma, el perímetro que constituye la zona de servicio correspondiente al Sector A de la localidad de San Fernando.
     
    SECTOR C: SAN FERNANDO 2 - CAMINO A ROMA
     
    Partiendo desde un punto en Camino a Roma, a un costado del Colegio Los Arrayanes, se desplaza hacia el Noreste por 285 metros hasta el límite del Colegio Los Arrayanes; desde esta ubicación se dirige al Noroeste en 590 metros (por el límite predial), para continuar en dirección Sureste por 110 metros, siempre por el límite predial; desde aquí avanza hacia el Sur en 265 metros hasta alcanzar Camino a Roma; por el cual continúa en dirección Sureste por 230 metros hasta intersectar con calle Sin Nombre; punto desde el cual continúa siempre en dirección Sureste hasta llegar a calle Sin Nombre (la que corresponde al acceso a San Fernando 2); el recorrido continúa en dirección Suroeste por 175 metros, paralelo a la vía señalada; en este lugar se desvía hacia el Noroeste en 300 metros, para avanzar por otros 80 metros en la misma dirección; en este punto se dirige al Suroeste en 125 metros hasta alcanzar la ribera norte del Estero Antivero, por la cual avanza 1.360 metros en dirección Sureste; aquí se desvía hacia el Noreste por 250 metros y seguidamente hacia el Noroeste en 675 metros (por límite predial de San Fernando 2); desde este punto avanza 100 metros al Noreste y luego 60 metros hacia el Sureste, para continuar el recorrido en dirección Noreste por 95 metros hasta alcanzar Camino a Roma (en su lado norte); desde este lugar se dirige al Noroeste por 240 metros (paralelo a la vía señalada) hasta llegar a un punto en Camino a Roma, a un costado del Colegio Los Arrayanes, cerrando de esta forma el perímetro que constituye la zona de servicio correspondiente al Sector C, de la localidad de San Fernando.
     
    SECTOR D: LOS MAITENES
     
    Partiendo desde un punto en Camino Pedehue, cercano con límite predial del sector Los Maitenes, se desplaza hacia el Noreste por 170 metros; en este punto se dirige al Sureste por 510 metros, siguiendo el límite predial de los terrenos de ENAP; en este lugar se direcciona al Suroeste en 260 metros por el límite predial del sector Los Maitenes, para continuar en dirección Noroeste en 190 metros por Camino Los Bejares; desde aquí recorre 100 metros hacia el Noreste siguiendo el límite predial del sector Los Maitenes; el cual mantiene en su recorrido hacia el Noroeste por 305 metros hasta llegar al punto de inicio del polígono en Camino Pedehue, cerrando de esta forma el perímetro que constituye la zona de servicio correspondiente al Sector D, de la localidad de San Fernando.
     
    SECTOR E: SAN FERNANDO 1 - SAN LUIS DE PEDEHUE
     
    Partiendo desde un punto en la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco, cercano al límite predial del sector San Fernando 1, se desplaza en dirección Sureste en 145 metros (paralelo a la vía señalada por su lado sur); en este punto se desvía al Suroeste en 480 metros, siguiendo el límite predial del sector San Luis de Pedehue hasta llegar a la Ruta I-411; por la cual continúa el recorrido en 430 metros hacia el Sureste; en este punto se desvía hacia el Noreste en 165 metros y luego en 465 metros, siguiendo el límite predial del sector de San Luis de Pedehue hasta encontrar la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco (en su lado norte); por la cual se desplaza hacia el Noroeste en 515 metros; en este lugar se desvía al Noreste por 140 metros hasta llegar a la ribera sur del Estero Antivero, la cual recorre en aproximadamente 810 metros; desde aquí se dirige al Suroeste en 240 metros hasta alcanzar la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco en su lado sur; por la cual se desplaza en dirección Sureste por 615 metros; desde este punto se dirige al Suroeste en 110 metros siguiendo el límite predial del sector San Fernando 1, para continuar hacia el Sureste en 30 metros y luego hacia el Suroeste en 75 metros; el recorrido avanza 40 metros en dirección Noroeste y seguidamente otros 60 metros hacia el Suroeste; en este punto se desvía hacia el Noroeste en 120 metros siguiendo el límite predial del sector San Fernando 1 para retomar dirección Suroeste por 110 metros hasta alcanzar la Ruta I-411; por la cual continúa hacia el Noroeste en 70 metros; punto desde el cual se desvía al Suroeste en 315 metros (siguiendo el límite predial); en este lugar se desplaza en dirección Sureste en 350 metros (siempre siguiendo el límite predial); para continuar por 650 metros hacia el Noreste, cruzando la Ruta I-411; aquí se desvía al Sureste por 190 metros y retoma dirección Noreste por 225 metros hasta encontrar el punto en I-45 Camino Internacional Termas del Flaco cercano al límite predial del sector San Fernando 1, cerrando de esta forma el perímetro que constituye la zona de servicio correspondiente al Sector E de la localidad de San Fernando.
     
    SECTOR F: LA CAMPIÑA DE PEDEHUE
     
    Partiendo desde un punto en Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco, cercano al límite predial del sector La Campiña de Pedehue; se desplaza hacia el Sureste en 350 metros por la Ruta I-45; en este punto se desvía hacia el Noreste por 240 metros siguiendo el límite predial hasta llegar a la ribera Sur del Estero Antivero; por la cual continúa en dirección Sureste en 350 metros; en este punto dobla hacia el Suroeste por 45 metros, y seguidamente hacia el Sureste en 215 metros; en este lugar se desplaza hacia el Suroeste por 40 metros hasta encontrar la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco, por la cual continúa en dirección Noroeste en 135 metros; en esta ubicación se desvía al Suroeste en 180 metros, por el límite predial y luego al Sureste por 65 metros, siguiendo siempre el límite predial; en este lugar retoma el recorrido hacia el Suroeste por 160 metros, para desviarse nuevamente hacia el Noroeste por 50 metros y, seguidamente, hacia el Suroeste en 110 metros; en este punto, se desplaza hacia el Noroeste por 80 metros, para continuar el recorrido en dirección Noreste por 155 metros, siguiendo el límite predial; desde este lugar se dirige al Noroeste en 80 metros y luego hacia el Noreste por 280 metros hasta alcanzar la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco en su lado Sur, paralela a la cual se desplaza en dirección Noroeste por 250 metros; desde aquí continúa en dirección Suroeste en 320 metros por el límite predial y luego, nuevamente, hacia el Noroeste por 130 metros; en este punto se dirige al Suroeste en 225 metros, manteniendo siempre el límite predial, y seguidamente hacia el Noroeste en 380 metros (gran parte del recorrido por calle San Juan de Pedehue); en este lugar se dirige al Noreste en 215 metros, luego al Sureste por 110 metros y, finalmente, hacia el Noreste por 290 metros, hasta alcanzar un punto en la Ruta I-45 Camino Internacional Termas del Flaco cercano al límite predial del sector Campiña de Pedehue, cerrando de esta forma el perímetro que comprende la zona de servicio del Sector F de la localidad de San Fernando.     
    3. La interconexión del Concentrador Remoto de la comuna de San Fernando, con el centro Local Concepción, se realizará mediante medios de transmisión por fibra óptica propios o de terceros, debidamente autorizados.
    4. Los plazos máximos se indican a continuación:
     
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    5. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.