Rectifíquense y subsánese, errores ortográficos del artículo 5 Nº 2 y Nº 3, de la ordenanza local sobre derechos municipales por servicios, permisos y concesiones, decretada bajo el Nº 4.389 del año 2019, quedando de la siguiente manera:
2.- Venta de Frutas y Verduras de Temporada, en Domicilio, mensual 18%.
3.- Juegos, Parques de entretenciones y otros similares por: Día 0 a 10 mts, 10% UTM; entre 11 y 49, 50% UTM; entre 50 y 100 mts, 1 UTM; Más de 100 mts, 3 UTM. Todas las solicitudes se harán con presentación de declaración jurada ante ministro de fe pública que dé cuenta que se hace el solicitante responsable de cualquier daño civil derivado de la actividad que ejecutará.