MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO TELEFÓNICO A LA EMPRESA VTR COMUNICACIONES SPA
    Santiago, 12 de noviembre de 2020.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 596 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) La resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    d) Decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) El decreto supremo Nº 461, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones.
     
    Considerando:
     
    a) Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 12.554 de 24.01.2020, complementada por ingresos Subtel Nº 22.105 de 10.02.2020 y Nº222.604 de 04.09.2020.
    b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
     
    Decreto:

     
    Modifícase la concesión de Servicio Público Telefónico, señalada en la letra e) de los vistos, otorgada a la empresa VTR Comunicaciones SpA, RUT Nº 76.114.143-0, con domicilio en Av. Apoquindo Nº 4800, piso 14, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
     
    1. Autorízase a la concesionaria a modificar su concesión en el sentido de ampliar su zona de servicio a la comuna de Casablanca, con el objeto de incorporar los siguientes puntos geográficos, (Datum WGS84), conformado por la unión circundada de ellos, incluyendo las edificaciones de sus respectivos costados exteriores:
    Comuna de Casablanca
    La conmutación de los abonados asociados a la zona de servicio antes señalada dependerá del Centro de Conmutación Valparaíso 1, autorizado por decreto supremo Nº 194, de 2007.
    2. Los plazos serán los que se indican a continuación:
    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
    4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Enoc Araya Castillo, Jefe División Concesiones.