Artículo 34.- Introdúcense, a contar del 1 de enero de 2021, las siguientes modificaciones en el artículo 59 de la ley Nº 20.883:
1. Reemplázase en el inciso primero la cantidad "$385.251" por "$388.333".
2. Reemplázase en el inciso segundo la cantidad "$27.195" por "$27.413".