Artículo 60.- Determínase que, a partir del 1 de diciembre de 2020, la bonificación especial establecida en el artículo 3 de la ley Nº 20.250 tendrá un valor trimestral de $226.507.- para los trabajadores que se desempeñen en las regiones de Arica y Parinacota, de Tarapacá y de Antofagasta, y de $366.941.- para los que se desempeñen en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, así como en la Provincia de Palena, y en la comuna de Juan Fernández. En el caso de la Provincia de Chiloé tendrá un monto trimestral de $237.797.-. La bonificación tendrá un valor trimestral de $129.432.- para los trabajadores que se desempeñen en la comuna de Cochamó.