"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° bis de la ley N° 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos:
a) Intercálase, en el inciso primero, entre la palabra "grado" y la coma que la sucede, la frase "o su pariente por afinidad hasta el segundo grado inclusive", precedida de una coma.
b) Agrégase, al final del mismo inciso, antes del punto y aparte, la siguiente frase: "o su conviviente civil", precedida de una coma.
c) Agrégase, en el número 2 del inciso tercero, el siguiente texto: "Asimismo, al manifestar su consentimiento deberá declarar, bajo juramento, que efectúa la donación de forma gratuita y espontánea, libre de fuerza y de toda coacción. En el caso del inciso primero de este artículo deberá, además, indicar expresamente el nombre del respectivo receptor.".".