CERTIFICACIÓN DE VALOR DE COSTO AL TÉRMINO DE GIRO DE BIENES ADJUDICADOS

    Extracto de resolución exenta del Servicio de Impuestos Internos Nº 171, de fecha 29 de diciembre de 2020, establece la forma y plazo en que las empresas que sean contribuyentes de la Primera Categoría y se encuentren sujetas al artículo 14 letra A) o D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta, deben certificar el valor de costo para fines tributarios, a la fecha de Término de Giro, de los bienes que se adjudiquen los propietarios en la disolución o liquidación de aquellas.
    El texto íntegro de este documento, está publicado en "www.sii.cl".