1.- Modifícase la resolución exenta N° 197 de esta Seremi, de 2020 en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en el Resuelvo 5 el plazo máximo de selección del Segundo Proceso "30 de octubre" por "desde el 30 de octubre hasta el 11 de diciembre de 2020".
    b) Incorpórase el siguiente párrafo final en el Resuelvo 18:
     
    Fiscalización Técnica de Obras (FTO): Los proyectos seleccionados a través de este Programa, desde que se inicia la obra, deberán contar con una Fiscalización Técnica de Obras (FTO).
    Tratándose de proyectos cuya Entidad Patrocinante sea la empresa constructora, la Fiscalización Técnica de Obras deberá ser efectuada por el Serviu, o por personas naturales o jurídicas contratadas por Serviu, inscritas en el Registro de Consultores del Minvu regulado por el DS N° 135 (V. y U.), de 1978, en el Rubro IV, Prestaciones de Asistencia Técnica, Especialidad Gestión de Proyectos Habitacionales, Subespecialidad 2201, Inspección Técnica.
    Asimismo, cuando a juicio del Serviu el proyecto presente una complejidad técnica mayor, para las que se requiera de una fiscalización especializada, Serviu también podrá determinar que la FTO no sea desarrollada por la EP del proyecto, sino por personas naturales o jurídicas contratadas por Serviu que cumplan con la condición señalada en el párrafo anterior.
     
    2.- En lo no modificado rija la resolución exenta N° 197 de fecha 22 de mayo de 2020, de esta Seremi.
    3.- Asígnense los recursos disponibles para la selección del Llamado Extraordinario dispuesto por la resolución exenta N° 197, de fecha 19 de mayo de 2020 y sus modificaciones, de esta Seremi, según la distribución señalada en el siguiente cuadro:
     
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    4.- Fíjese el número de postulantes seleccionados en la Región de Tarapacá para los proyectos que se financiarán conforme lo dispone el resuelvo 8° de la resolución N° 197/2020, y sus modificaciones, todas de esta Secretaría Regional Ministerial y según se indica en la tabla que a continuación se inserta:
     
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    5.- Entiéndase como parte integrante de la presente resolución anexo adjunto que contiene nóminas de postulantes seleccionados correspondiente a la selección del llamado extraordinario del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, dispuesto en el resuelvo 5° de la resolución exenta N° 197 de 2020 y sus modificaciones.
    6.- Publíquese a lo menos en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al cuadro inserto en el resuelvo N° 3 precedente, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el Título y la modalidad de proyecto del cual se trate, y la individualización de cada postulante.
    7.- Impútase el monto total de 68.198,56 Unidades de Fomento, asignados mediante esta resolución, a los recursos dispuestos para el Programa regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, para el año 2020, para esta región.