MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 330 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, Y SUS MODIFICACIONES, EN EL SENTIDO QUE INDICA, Y APRUEBA TERCERA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.) DE 2016, DIRIGIDO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, FIJA CONDICIONES PARA SU APLICACIÓN, EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN
Santiago, 31 de diciembre de 2020.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 1.939 exenta.
Visto:
a) El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016 y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24.
b) El decreto supremo N° 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado con la misma fecha en el Diario Oficial, que declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno por un plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la ley 18.415, cuyas prórrogas fueron sancionadas por un plazo de 90 días adicionales cada una, mediante decretos supremos N° 269, de 12 de junio de 2020, N° 400, de 12 de septiembre de 2020, y N° 646, de 9 de diciembre de 2020, todos de la misma Cartera de Estado.
c) La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
d) La resolución exenta N° 330 (V. y U.), de fecha 20 de febrero de 2020 y sus modificaciones, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución, y
Considerando:
1. Que la presente selección corresponde a la tercera y última selección establecida en la resolución señalada en el Visto d) precedente, por lo que se requiere realizar ajustes tales como redistribución y cuadratura de los recursos asignados en su Resuelvo N° 7.
2. Que, finalizado el proceso de revisión y calificación de los proyectos presentados durante el mes de noviembre del presente año, se procedió a seleccionar a los grupos beneficiarios de acuerdo a lo señalado en la resolución citada en el Visto d) precedente.
3. Los correos electrónicos de fechas 11 y 28 de diciembre de 2020 que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 330 (V. y U.), de 2020, citada en el Visto d), en el sentido de reemplazar el cuadro de Resuelvo 7 por el siguiente:

2. Apruébanse los montos de los recursos asignados para el tercer proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta N° 330 (V. y U.) de 2020, y sus modificaciones, señalados en la columna "Recursos 3 Selección", conforme al siguiente cuadro:

3. Distribúyase los recursos asignados en la columna "Recursos 3 Selección UF", del Resuelvo 2, los que se destinarán al financiamiento de los subsidios y al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución por región, señalada en el siguiente cuadro:

4. Apruébanse las nóminas de los grupos seleccionados, correspondientes al tercer proceso de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418. Estas nóminas se adjuntan y se entenderán formar parte integrante de esta resolución. Además, fíjese el número de organizaciones postulantes seleccionadas por región, según se indica en la siguiente tabla:

5. Publíquese en un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos postulantes seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 4. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.