Artículo 6.- Para determinar en qué etapa del Plan "Paso a Paso" contenido en el Capítulo II de la resolución exenta Nº 591, de 2020, del Ministerio de Salud, se encuentran las respectivas comunas para los efectos de los artículos 3, 4 y 5 del presente decreto exento, se considerará lo siguiente:
     
    1.- En cuanto al aporte correspondiente al mes de enero de 2021, se considerarán las cinco semanas transcurridas entre los días 27 de noviembre y 31 de diciembre de 2020, ambos inclusive.
    2.- En cuanto al aporte correspondiente al mes de febrero de 2021, se considerarán las cinco semanas transcurridas entre los días 28 de diciembre de 2020 y 31 de enero de 2021, ambos inclusive.
    3.- En Decreto 45 EXENTO,
HACIENDA
N° 1, 2)
D.O. 26.02.2021
cuanto al aporte correspondiente al mes de marzo de 2021, se considerarán las cinco semanas transcurridas entre los días 25 de enero de 2021 y 28 de febrero de 2021, ambos inclusive.
    4.- En cuanto al aporte correspondiente al mes de abril de 2021, se considerarán las cinco semanas transcurridas entre los días 25 de febrero de 2021 y 31 de marzo de 2021, ambos inclusive.
     
    Teniendo presente Decreto 35 EXENTO,
HACIENDA
N° 1
D.O. 13.02.2021
el inciso anterior, para considerar una determinada comuna en uno u otro paso del Plan "Paso a Paso", se deberá seguir las siguientes reglas:
     
    1.- Si dentro del lapso correspondiente del inciso anterior ha estado catorce o más días en el "Paso 1: Cuarentena", se le considerará en este paso.
    2.- Si dentro del lapso correspondiente del inciso anterior no cumple con lo señalado en el numeral anterior, pero ha estado al menos catorce días en el "Paso 2: Transición" o si la suma de los días en que estuvo en los pasos 1 y 2 es igual o superior a catorce, se le considerará en Paso 2.
    3.- Si dentro del lapso correspondiente del inciso anterior no cumple con lo señalado en los numerales 1 y 2 anteriores, pero ha estado al menos catorce días en el "Paso 3: Preparación" o en el "Paso 4: Apertura Inicial" o si la suma de los días en que estuvo en los pasos 1, 2, 3 y 4 es igual o superior a catorce, se le considerará en Paso 3.