RECTIFICA RESOLUCIÓN QUE INDICA

    Núm. 14 exenta.- Santiago, 5 de enero de 2021.
     
    Vistos:
     
    Lo dispuesto en el DFL Nº 241 de 1960, que fusiona y reorganiza diversos servicios relacionados con la aviación civil; el DFL Nº 1/19.653 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos; el decreto supremo Nº 95 de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 12/2020, de la Junta de Aeronáutica Civil; la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República; y demás normativa aplicable.
     
    Considerando:
     
    Que, la resolución exenta Nº 12/2020, de la Junta de Aeronáutica Civil, firmada digitalmente el día 4 de enero de 2021, que prorrogó la suspensión de vuelos comerciales de pasajeros entre Reino Unido y Chile, se numeró y fechó erróneamente con el año 2020, debiendo datarse con el año 2021.
     
    Resuelvo:

     
    Rectifícase la fecha y numeración de la resolución exenta Nº 12/2020, de la Junta de Aeronáutica Civil, debiendo decir: "Santiago, 4 de enero de 2021" y "Resolución exenta Nº 12/2021".
     

    Anótese, publíquese y comuníquese.- Martín Mackenna Rueda, Secretario General Junta de Aeronáutica Civil.