MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 562 EXENTA, DE FECHA 21 DE DICIEMBRE DE 2020, DE SECRETARÍA REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO LOS RÍOS, QUE APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS EN EL PROCESO DE POSTULACIÓN DEL LLAMADO REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE PROYECTO DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN SU TÍTULO II MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, PROYECTO DE MANTENCIÓN DE LA VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 255 (V. Y U.), DE 2006

    Núm. 10 exenta.- Valdivia, 8 de enero de 2021.
    Visto:
     
    a) Ley Nº 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.
    b) Decreto ley Nº 1.305 de V. y U., de 1976, que Restructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    c) Decreto Nº 397 de V. y U., de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    d) Ley Nº 20.174, que crea la Región de Los Ríos y la Provincia del Ranco.
    e) Decreto Nº 2, de Vivienda y Urbanismo, de fecha 27 de enero de 2020, que nombra en la planta nacional de cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Regionales Ministeriales y los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización, a don Feda Simic, tomado de razón por Contraloría General de la República, con fecha 29 de julio de 2020.
    f) Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    g) Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
    h) Decreto supremo Nº 255, de V. y U., de 2006, que reglamenta Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones posteriores.
    i) Resolución Nº 533, de V. y U., de 1997, que fija procedimiento para prestación de servicios de asistencia técnica a Programas de Viviendas que indica, y deroga la resolución Nº 241, de Vivienda y Urbanismo, de 1996.
    j) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de 2020 y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
    k) Circular Nº 3 (V. y U.), de 28 de enero de 2020, del Sr. Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que distribuye regionalmente el Programa Habitacional del año 2020.
    l) La resolución exenta Nº 451, de 18 de noviembre de 2020, de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Los Ríos, que llama a postulación regional para el desarrollo de proyecto del Título II, Mejoramiento de la Vivienda, Línea de Mantención del Programa de Protección del Patrimonio Familiar; fija el monto de recursos disponibles; y resuelve lo que indica.
    m) Resolución exenta Nº 562, de fecha 21 de diciembre de 2020, de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Los Ríos, que aprueba nómina de postulantes seleccionados en el proceso de postulación del llamado regional para el desarrollo de proyecto del Programa de Protección del Patrimonio Familiar en su Título II Mejoramiento de la Vivienda, Proyecto de Mantención de la Vivienda, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2006.
    n) Resolución Nº 7, de 26 de marzo de 2019, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    o) Resolución Nº 16, de 30 de noviembre de 2020, de Contraloría General de la República, que determina los montos en Unidades Tributarias Mensuales a partir de los cuales los actos que se individualizan quedarán sujetos a toma de razón y establece controles de reemplazo cuando corresponda.
     
    Considerando:
     
    1. Que, con fecha 21 de diciembre de 2020, fue dictada resolución exenta citada en la letra m) de los vistos, por la cual se aprobó nómina de postulantes seleccionados en el proceso de postulación del llamado regional aprobado por resolución exenta citada en la letra l) de los vistos.
    2. Que, en dicha resolución se cometió un error en la numeración de los resuelvos y en la transcripción de la tabla reproducida en su resuelvo tercero (Apruébese).
    3. Que, el artículo 13 de la ley mencionada en la letra f) de los vistos, en su inciso segundo y tercero, señala: "El vicio de procedimiento o de forma sólo afecta la validez del acto administrativo cuando recae en algún requisito esencial del mismo, sea por su naturaleza o por mandato del ordenamiento jurídico y genera perjuicio al interesado. La Administración podrá subsanar los vicios de que adolezcan los actos que emita siempre que con ello no se afectaren intereses de terceros" (lo destacado es nuestro).
    4. Que, el artículo 62 de la ley mencionada en la letra f) de los vistos, precisa: "Aclaración del acto. En cualquier momento, la autoridad administrativa que hubiere dictado una decisión que ponga término a un procedimiento podrá, de oficio o a petición del interesado, aclarar los puntos dudosos u obscuros y rectificar los errores de copia, de referencia, de cálculos numéricos y, en general, los puramente materiales o de hechos que aparecieren de manifiesto en el acto administrativo".
    5. Teniendo presente los antecedentes expuestos, se hace necesario dictar la siguiente resolución:
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 562, de fecha 21 de diciembre de 2020, de Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Los Ríos, en el siguiente sentido:
     
    a. Modifíquese resuelvo tercero, a saber: "Apruébese el monto de los recursos asignados en la presente selección, del Llamado dispuesto por la resolución exenta citado en la letra n) de los vistos, conforme al cuadro siguiente...", en el sentido de eliminar de la tabla reproducida en este la columna denominada "TOTAL ASIGNADO". Quedando en definitiva la referida tabla de la manera que sigue:
    Tipo de obra                          UF SELECCIÓN                         
    Proyecto Mantención de la Vivienda    8.916,36                           
    b. Modifíquese los resuelvos 3 (Apruébese), 4 y 5 de la resolución mencionada en la letra m) de los vistos, en el sentido de indicar que estos corresponden a los resuelvos Nº 4, Nº 5 y Nº 6, respectivamente.
     
    2. Establézcase que la resolución exenta Nº 562, de fecha 21 de diciembre de 2020, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Los Ríos, se mantendrá vigente en todo lo que no ha sido modificado por la presente resolución exenta.
    3. Publíquese en el Diario Oficial la presente resolución.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Feda Simic, Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Los Ríos.