EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.090, DE 2020, QUE "MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO Nº 1.879, DE 1997, RELATIVO AL "COMITÉ SISTEMA DE EMPRESAS - SEP""

    Núm. 121.- Santiago, 7 de diciembre de 2020.
     
    Visto:
     
    La ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva correspondiente; el decreto exento RA Nº 119247/423/2020, de 12 de noviembre de 2020, de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, que establece el orden de subrogación para el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y lo establecido en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1. Que, por el Acuerdo del Consejo de Corfo Nº 1.879, de 1997, ejecutado por la resolución (A) Nº 18, de 3 de febrero de ese mismo año, de su Vicepresidente Ejecutivo, se creó y reglamentó al "Comité Sistema Administrador de Empresas - SAE", más adelante denominado "Comité Sistema de Empresas - SEP".
    2. Los Acuerdos del Consejo Nº 2.074. de 2000; Nº 2.147, de 2001; Nº 2.203 y Nº 2.252, ambos de 2002; Nº 2.274, de 2003; Nº 2.366, de 2005; Nº 2.445, de 2007; Nº 2.549, de 2009; Nº 2.632, de 2010; Nº 2.736 y Nº 2.766, ambos de 2012; y Nº 3.034 y Nº 3.048, ambos de 2019; que modificaron el Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, ya citado.
    3. Que, el reglamento vigente del "Comité Sistema de Empresas", es el aprobado por resolución (A) Nº 381, de 2012, modificada por las resoluciones (A) Nº 11, de 2013; Nº 59 y Nº 103, ambas de 2019, y todas de Corfo.
    4. El Acuerdo de Consejo Nº 3.090, de 2020, que "Modifica Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, relativo al "Comité Sistema de Empresas - SEP"".
    5. El artículo 3º, de la ley Nº 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
     
    Resuelvo:

     
    1º Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 3.090, de 2020, que "Modifica Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, Relativo al "Comité Sistema de Empresas - SEP"".
    2º Modifícase la resolución (A) Nº 381, de 2012, modificada por las resoluciones (A) Nº 11, de 2013; Nº 59 y Nº 103, ambas de 2019 y todas de Corfo; en el sentido de incorporar los siguientes párrafos segundo y tercero, a la Letra A), de su artículo 2º:
     
    "En caso de ausencia o impedimento de los Consejeros, éstos serán reemplazados por las personas designadas por la autoridad que haya designado al titular. En el caso del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, él designará a su reemplazante.
    Los reemplazantes actuarán con iguales facultades que el titular, salvo la presidencia del Consejo Directivo en caso de ausencia del titular, en cuyo caso actuará el Vicepresidente".
     

    Anótese, tómese razón, publíquese y archívese.- Felipe Commentz Silva, Vicepresidente Ejecutivo (S).- Naya Flores Araya, Fiscal (S).