1º Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 3.090, de 2020, que "Modifica Acuerdo de Consejo Nº 1.879, de 1997, Relativo al "Comité Sistema de Empresas - SEP"".
2º Modifícase la resolución (A) Nº 381, de 2012, modificada por las resoluciones (A) Nº 11, de 2013; Nº 59 y Nº 103, ambas de 2019 y todas de Corfo; en el sentido de incorporar los siguientes párrafos segundo y tercero, a la Letra A), de su artículo 2º:
"En caso de ausencia o impedimento de los Consejeros, éstos serán reemplazados por las personas designadas por la autoridad que haya designado al titular. En el caso del Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, él designará a su reemplazante.
Los reemplazantes actuarán con iguales facultades que el titular, salvo la presidencia del Consejo Directivo en caso de ausencia del titular, en cuyo caso actuará el Vicepresidente".