1.- DerogadoResolución 411 EXENTA,
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 10.06.2021.
TRANSPORTES
N° 1
D.O. 10.06.2021.
2.- Prohíbase, durante la vigencia en la comuna de Talca, de la fase 2 transición, la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas, en la ciudad de Talca, cuyo límite urbano se encuentra determinado en el Plan Regulador Comunal, de la comuna del mismo nombre, los días sábado y domingo entre las 09:30 hasta las 18:00 horas, como sigue:
a) Sábado: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U. terminen en número par y 0.
b) Domingo: No podrán circular vehículos cuyas P.P.U. terminen en número impar.
2. Prohíbase, temporalmente la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, excepto los taxis colectivos, vehículos de alquiler, vehículos de emergencia, vehículos policiales y fiscales, en calle 1 Norte en el tramo comprendido desde 4 Oriente hasta 11 Oriente, Talca, entre las 9:00 horas y 18:30 horas. La Dirección de Tránsito de Talca, deberá instalar y mantener la señalización de tránsito necesaria para facilitar la aplicación de la medida.
4. De acuerdo al artículo 4 de la Ley de Tránsito, corresponderá a Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita.
5. La presente resolución se hará efectiva a partir de su publicación en el Diario Oficial y tendrá vigencia hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión.
6. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte las medidas pertinentes.
NOTA
El numeral 2 de la Resolución 54 Exenta, Transportes, publicada el 28.01.2021, modifica el Resuelvo 2 de la presente norma, en el sentido de incorporar al listado de vehículos exceptuados de la prohibición dispuesta en el Resuelvo 1 los siguientes: vehículos de funcionarios públicos, funcionarios judiciales, auxiliares de la administración de la justicia y funcionarios municipales, solo en cumplimiento de sus funciones y turnos laborales, lo que debe ser debidamente acreditado; vehículos de empresas de servicios esenciales, tales como luz, agua, telecomunicaciones, seguridad o gas, en sus turnos de emergencia, y vehículos de prensa, que acrediten encontrarse en cumplimiento de sus labores.
El numeral 2 de la Resolución 54 Exenta, Transportes, publicada el 28.01.2021, modifica el Resuelvo 2 de la presente norma, en el sentido de incorporar al listado de vehículos exceptuados de la prohibición dispuesta en el Resuelvo 1 los siguientes: vehículos de funcionarios públicos, funcionarios judiciales, auxiliares de la administración de la justicia y funcionarios municipales, solo en cumplimiento de sus funciones y turnos laborales, lo que debe ser debidamente acreditado; vehículos de empresas de servicios esenciales, tales como luz, agua, telecomunicaciones, seguridad o gas, en sus turnos de emergencia, y vehículos de prensa, que acrediten encontrarse en cumplimiento de sus labores.