1°. Iníciese el proceso de revisión del decreto supremo N° 37, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece la Norma de Emisión de Compuestos TRS, Generadores de Olor, asociados a la fabricación de pulpa kraft o al sulfato.
2°. Fórmese un expediente electrónico para la tramitación del proceso de revisión de la referida norma.
3°. Fíjese un plazo de tres meses, contado desde la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, como fecha límite para la recepción de antecedentes sobre la revisión de la norma de TRS. Cualquier persona natural o jurídica podrá, dentro del plazo señalado precedentemente, aportar antecedentes técnicos, científicos y sociales sobre la materia. Dichos antecedentes deberán ser fundados y entregarse por escrito en la Oficina de Partes del Ministerio del Medio Ambiente, en las Secretarías Regionales Ministeriales del Medio Ambiente, o bien, enviarse en formato digital a la casilla electrónica gestionolores@mma.gob.cl, habilitada para tales efectos.
4°. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en el sitio electrónico del Ministerio del Medio Ambiente.