1. Modifícase la letra f del Resuelvo N° 1, quedando el referido Resuelvo N° 1, letra f, con el texto que sigue:
"f) Sábado: No podrán circular vehículos cuya P.P.U. terminen en número par y 0.".
2. Modifícase el Resuelvo N° 2, incorporándose al listado de vehículos exceptuados de la prohibición dispuesta en el Resuelvo N° 1 los siguientes: vehículos de funcionarios públicos, funcionarios judiciales, auxiliares de la administración de la justicia y funcionarios municipales, solo en cumplimiento de sus funciones y turnos laborales, lo que debe ser debidamente acreditado; vehículos de empresas de servicios esenciales, tales como luz, agua, telecomunicaciones, seguridad o gas, en sus turnos de emergencia, y vehículos de prensa, que acrediten encontrarse en cumplimiento de sus labores.
3. Modifícase el Resuelvo N° 2, en el sentido de añadir, a continuación de "vehículos de reparto de mercadería" lo siguiente ", entendidos como todo vehículo privado con su debido logo o acreditación, que deba repartir productos esenciales, como delivery, y que podrá circular siempre que se encuentre realizando su labor propia, lo que deberá acreditar en caso de ser solicitado".
4. La presente resolución se hará efectiva a partir de su publicación en el Diario Oficial.
5. En lo no modificado, se mantienen íntegramente las demás disposiciones contenidas en la resolución exenta N° 47, de 13 de enero de 2021, de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Maule.
6. Notifíquese la presente resolución al Jefe de la Defensa Nacional de la Región del Maule, para que adopte las medidas pertinentes.