NOTIFICA RESOLUCIÓN EXENTA N° 2021/PA/08/000035, DE FECHA 7 DE ENERO DE 2021, QUE APRUEBA PROCESO ADMINISTRATIVO
La Superintendencia de Educación, por resolución exenta N° 2021/PA/08/000035, de fecha 7 de enero de 2021, del Director Regional de la Superintendencia de Educación de la Región del Biobío, aprobó proceso administrativo al establecimiento educacional The Aukland School, R.B.D. N° 11415, de la comuna de Concepción, cuya entidad sostenedora es Sociedad Educacional Newland Limitada, RUT N° 76.104.266-1, cuyo representante legal es don Amado Patricio Santana González, RUT N° 9.115.972-4. Resolviendo: 1. Apruébase, proceso administrativo ordenado a instruir a través de la resolución exenta N° 2019/PA/08/1382, de fecha 15 de octubre de 2019, del Encargado Regional de Fiscalización de la Superintendencia de Educación de la Región del Biobío. 2. Aplíquese, al establecimiento educacional The Aukland School, R.B.D. N° 11415, por el cargo 1, formulado y confirmado, la sanción de 50 Unidades Tributarias Mensuales. 3. Páguese, la multa aplicada al establecimiento educacional directamente en la Tesorería General de la República, conforme lo dispone el artículo 82 de la ley N° 20.529 y el artículo 10 del decreto supremo N° 369, de 2017, del Ministerio de Educación, dentro del plazo de 5 días desde que la resolución o sentencia se encuentre firme o ejecutoriada. 4. Acredítese, entregando a la Dirección Regional correspondiente de la Superintendencia de Educación, el cumplimiento de lo señalado en el resuelvo anterior entregando a esta Superintendencia de Educación, dentro de los 3 días siguientes al pago, copia del recibo donde conste dicho cumplimiento. 5. Remítase, a la Tesorería General de la República a los 10 días de vencido el plazo señalado en el Resuelvo 3°, y en caso de no acreditarse lo indicado en el resuelvo precedente, a fin de que dicho Servicio efectúe la cobranza coactiva de la multa aplicada, conforme lo dispone el artículo 2, N° 2, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1994, del Ministerio de Hacienda. 6. Déjese constancia, que el sostenedor dispone del recurso de reclamación establecido en el artículo 84 de la ley N° 20.529, el cual deberá deducirse dentro de un plazo de 15 días contados desde la fecha de notificación de la presente resolución, ante la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación de la Región del Biobío, ubicada en calle Caupolicán N° 518, piso 7, comuna de Concepción; o al correo electrónico ofpartes.concepcion@supereduc.cl.-
Claudio Schettino C., Encargado Jurídico (S), Superintendencia de Educación Región del Biobío.