Artículo primero: Agrégase en el artículo primero del decreto supremo Nº 265, de 2019, del Ministerio de Defensa Nacional, que autoriza colaboración y delega en el Ministro de Defensa Nacional las facultades en materia que indica a continuación de la expresión "que se vinculen al", la expresión "tráfico ilícito de migrantes, y al".