Artículo 31.- Información semanal a Fogape.
    Las Instituciones Financieras que se hubieren adjudicado las Garantías de Postergación entregarán al Fogape, de manera semanal, información respecto de los criterios de asignación de las Garantías de Postergación, así como los montos, plazos y tasas promedio de los créditos de postergación garantizados.