1. Elimínense los siguientes proyectos de las nóminas de proyectos seleccionados, aprobados mediante las resoluciones exentas Nº 1.294 y Nº 1.503, ambas de 2020, y la resolución exenta Nº 1, de 2021, todas de Vivienda y Urbanismo:
     
   
     
    2. Incorpórense producto de las eliminaciones dispuestas en el resuelvo anterior, a la nómina de proyectos seleccionados por las resoluciones exentas Nº 1.294 y Nº 1.503, ambas de 2020, y la resolución exenta Nº 1, de 2021, todas de Vivienda y Urbanismo, los siguientes proyectos elegibles que formaban parte de la Lista de Espera:
     
   
     
    3. Modifícase, de acuerdo a lo indicado en el considerando d), el número de viviendas del proyecto "Sendero del Escultor", código 159123, inserto en la tabla del resuelvo 2. de la resolución exenta Nº 1 (V. y U.), de fecha 4 de enero de 2021, en el sentido de modificar el guarismo "160", por "296".
    4. Atendidas las modificaciones anteriores, sustitúyase en las resoluciones exentas Nº 1.294 y Nº 1.503, ambas de Vivienda y Urbanismo, de 2020, en el resuelvo 14. de cada una de ellas, los guarismos "10.577.734" y "11.790.266", por "11.245.512" y "11.040.006", respectivamente, que constituyen un monto total de 22.285.518 UF, a imputar con cargo a los recursos autorizados para el año 2020.
    5. De acuerdo al artículo 14º del DS Nº 19 (V. y U.), de 2016, el Serviu tendrá un plazo de 30 días corridos, a partir de la fecha de la total tramitación de esta Resolución, para suscribir un convenio con la entidad desarrolladora respectiva, el que regulará el desarrollo de los proyectos seleccionados en el resuelvo 2. de la presente resolución.