APRUEBA NÓMINA COMPLEMENTARIA DE ORGANIZACIONES SELECCIONADAS, CORRESPONDIENTE AL PROCESO DE POSTULACIÓN DEL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS N° 27 (V. Y U.), DE 2016, DIRIGIDO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY N° 19.418, DISPUESTO POR LA RESOLUCIÓN N° 330 EXENTA (V. Y U.), DE 2020
     
    Santiago, 12 de febrero de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 153 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    b) El decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado con la misma fecha en el Diario Oficial, que declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno por un plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la ley 18.415, cuyas prórrogas fueron sancionadas por un plazo de 90 días adicionales cada una, mediante el decreto supremo Nº 269, de 12 de junio de 2020, y el decreto supremo N° 400, de 10 de septiembre de 2020, y N° 646, de 9 de diciembre de 2020, todos de la misma Cartera de Estado.
    c) La resolución exenta Nº 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
    d) La resolución exenta N° 330 (V. y U.), de fecha 20 de febrero de 2020 y sus modificaciones, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418, fija condiciones para su aplicación, el monto de recursos disponibles y su distribución, y
     
    Considerando:
     
    1. El correo electrónico de fecha 18 de diciembre de 2020, del Coordinador del Programa Hogar Mejor del Serviu Región de la Araucanía, donde expone la existencia de 5 proyectos calificados que no alcanzaron a ser postulados en la Tercera y última selección del llamado señalado en el Visto d) de la presente resolución.
    2. El correo electrónico de fecha 27 de octubre de 2020, de la Encargada del Programa Hogar Mejor del Serviu Región de Valparaíso, donde expone que debido a dificultades en el sistema informático, 1 proyecto calificado y digitado no fue considerado en la Tercera y última selección del llamado señalado en el Visto d) de la presente resolución.
    3. Que existe disponibilidad de recursos para complementar los subsidios destinados al Llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley N° 19.418, que permiten la selección del proyecto señalado por la Región de Valparaíso y de 4 de los 5 proyectos informados por Serviu Región de la Araucanía.
    4. Los correos electrónicos de fecha 27 y 29 de enero de 2021, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica, subrogantes, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, por lo que dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Compleméntase en 23.044,58 Unidades de Fomento, los recursos destinados para el proceso de selección del llamado a postulación nacional en condiciones especiales para el desarrollo de Proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos regidas por la ley Nº 19.418, para seleccionar 1 proyecto de la Región de Valparaíso y 4 proyectos de la Región de la Araucanía.
    2. Apruébanse las siguientes nóminas complementarias de grupos seleccionados, de las regiones de Valparaíso y de La Araucanía, correspondientes al Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, regidas por la ley Nº 19.418:
     
    Región de Valparaíso:
     
   
     
    Región de la Araucanía:
     
   
     
    3. Comprométanse 23.044,58 UF para el financiamiento de la presente nómina complementaria de selección del Llamado nacional en condiciones especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta N° 330 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones. De este monto, 20.728,81 UF se destinarán al financiamiento de los subsidios y 2.315,77 UF al pago de los servicios de Asistencia Técnica, según la distribución establecida en el Resuelvo precedente.
    4. Los recursos comprometidos mediante la presente resolución exenta serán imputados a aquellos dispuestos para el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS N° 27 (V. y U.), de 2016, en el presupuesto correspondiente al año 2020.
    5. Publíquese en un periódico de circulación regional un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de los grupos seleccionados y los respectivos proyectos, conforme al número 2. de esta resolución, las que deberán contener a lo menos, la comuna, el tipo de proyecto, la identificación del grupo postulante y el puntaje obtenido por éste.
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Erwin Navarrete Saldivia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).