EXTRACTO RESOLUCIÓN Nº 400 EXENTA, DE 2021, DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Por resolución exenta N° 400, de 22.02.2021, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que se extracta, se asignó a la empresa ENTEL TELEFONÍA LOCAL S.A., rol único tributario N° 96.697.410-9, con domicilio en Amunátegui 20, Santiago, Región Metropolitana, una (1) concesión de servicio público de telecomunicaciones, una (1) concesión de servicio público de telecomunicaciones, cuyos elementos relevantes son los siguientes:
Artículo primero.- Asígnase a la empresa cuyos elementos y características fundamentales se resumen a continuación:
1. Titular: Entel Telefonía Local S.A.
2. Tipo de servicio: servicio público de telecomunicaciones.
3. Prestación específica: transmisión de datos.
4. Período de la concesión: 30 años.
5. Zona de servicio: área de cobertura georreferenciada que ha sido comprometida para cada una de las estaciones base incluidas en el proyecto técnico presentado.
6. Banda de frecuencias: 3,30 - 3,35 GHz.
7. Ancho de banda máximo por portadora: 50 MHz.
8. Potencia máxima de salida del transmisor (antes de la antena): 100 W.
9. Características técnicas de los sistemas radiantes: sistema de antenas activas 5G de 25 dBi de ganancia máxima.
10. Estándar tecnológico: al menos Release 15 - 3GPP con interfaz de radio "NR" (New Radio).
11. Tasa de transferencia de datos mínima: 45 Mbps bajada (downlink) y 3,75 Mbps subida (uplink).
12. Ubicación de las radioestaciones 5G:

















































13. Propiedad de los medios de transmisión (fibra óptica, enlace microondas o enlace satelital): propios y de terceros debidamente autorizados.
14. Plazo para el inicio de las obras: Para el proyecto de cobertura comunal: 1 mes para las estaciones pertenecientes a la etapa 1; y 1 mes para las estaciones pertenecientes a la etapa 2, todos contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión. Para el proyecto de cobertura complementaria en polígonos georreferenciados: 1 mes, contado desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión.
15. Plazo para el término de las obras: Para el proyecto de cobertura comunal: 10 meses para las estaciones pertenecientes a la etapa 1; y 22 meses para las estaciones pertenecientes a la etapa 2, todos contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión. Para el proyecto de cobertura complementaria en polígonos georreferenciados: 22 meses, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión.
16. Plazo para el inicio del servicio: Para el proyecto de cobertura comunal: 12 meses para las estaciones pertenecientes a la etapa 1; y 24 meses para las estaciones pertenecientes a la etapa 2, todos contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión. Para el proyecto de cobertura complementaria en polígonos georreferenciados: 24 meses, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la concesión.
17. Tipo de cobertura: outdoor, sin perjuicio de que se pueda desplegar también cobertura del tipo indoor.
La presente asignación de concesión debe entenderse sin perjuicio de la aplicación de cualquier otra normativa sectorial que resulte especialmente aplicable a la solicitud del asignatario, como ocurre con las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, así como cualquier otra regulación que se encuentre vigente.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13 C de la Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, y en el artículo 7° del decreto supremo N° 412, de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a fin de que cualquier interesado en ello pueda efectuar una reclamación dentro del plazo de 10 días hábiles contados de la presente publicación. De existir una reclamación, ésta deberá ser fundada, presentarse por escrito ante la Ministra de Transportes y Telecomunicaciones, acompañar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-
Por orden de la Subsecretaria de Telecomunicaciones, Francisco Miranda Olivos, Jefe (S) de División Concesiones.