ESTABLECE LA NUEVA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DEL DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS, EN LOS TÉRMINOS QUE SE SEÑALA

    Núm. 52 exenta.- Santiago, 19 de enero de 2021.
     
    Vistos:
     
    1) Lo dispuesto en los artículos 4º Nº 2 letra d), 5º, letra f), y 17 del DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo.
    2) Lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
    3) El artículo 48 de la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
    4) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    5) La resolución exenta Nº 151, de 17 de enero de 2020, que establece la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Estudios en los términos que se señala.
     
    Considerando:
     
    1) Que la misión del Departamento de Estudios es "Proveer de información especializada sobre relaciones laborales y transformaciones en el mundo del trabajo, mediante investigaciones, estudios diagnósticos, evaluaciones, generación de indicadores estadísticos y análisis de coyuntura, para apoyar la elaboración de politicas públicas y aportar conocimiento a los diversos actores vinculados al mundo del trabajo y a la acción del Servicio.".
    2) Que uno de los objetivos estratégicos del Departamento de Estudios es "Generar información laboral especializada relevante, confiable, oportuna y de interés público sobre el sistema de relaciones laborales del país y de los procedimientos operativos de la Dirección del Trabajo".
    3) Que para el mejor cumplimiento de dicho objetivo estratégico se hace necesaria la creación de una unidad especializada encargada del gobierno de los datos e información estadística del Servicio.
    4) Que es preciso dejar sin efecto la resolución exenta Nº 151, de 17 de enero de 2020.
     
    Resuelvo:

     
    Primero: Establécese la siguiente estructura del Departamento de Estudios, a cargo de un/a Jefe/a de Departamento, una Subjefatura y compuesta por las Unidades que a continuación se indican, cuyas funciones se señalan:
     
    1. Jefatura del Departamento de Estudios, que depende jerárquica y funcionalmente del Jefe Superior del Servicio, y le corresponderá:
     
    a) Conducir, planificar, coordinar y controlar el funcionamiento de las actividades internas, de su departamento, que permitan dar cumplimiento a las funciones indicadas en el artículo 17 del DFL Nº 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
    b) Autorizar y gestionar las tareas e iniciativas que se desarrollen, asumiendo la responsabilidad última de sus actuaciones.
     
    2. Subjefatura del Departamento de Estudios, que dependerá jerárquica y funcionalmente del/a Jefe/a del Departamento de Estudios y le corresponderá:
     
    a) Subrogar al Jefe/a del Departamento cuando corresponda.
    b) Apoyar a la Jefatura del Departamento en la coordinación y supervisión de las tareas y actividades de las diferentes Unidades.
    c) Realizar todas aquellas tareas que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Estudios.
     
    3. Unidad de Investigación, que dependerá directamente del/la Jefe/a del Departamento de Estudios y tendrá como funciones:
     
    a) Desarrollar y difundir aquellas investigaciones y estudios acerca de las relaciones laborales y condiciones de trabajo, a fin de responder a las iniciativas propias del Servicio como a los requerimientos de los actores del mundo laboral, que se encuentren acorde con la misión y objetivos estratégicos del Departamento, apoyando de este modo el quehacer operativo institucional.
    b) Elaborar investigaciones a partir de los datos de los registros administrativos del Servicio y que contribuyan a alcanzar los objetivos departamentales.
    c) Gestionar el desarrollo de los estudios e investigaciones.
    d) Apoyar técnicamente actividades relacionadas con metodología de investigación, análisis e investigación en general según requerimientos internos tanto del Departamento de Estudio como de otros departamentos del servicio.
    e) Realizar todas aquellas tareas que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Estudios.
     
    4. Unidad de Coyuntura Laboral y Participación Ciudadana, que dependerá directamente del Jefe/a del Departamento de Estudios y tendrá como funciones:
     
    a) Analizar las condiciones de trabajo y empleo, la conflictividad, posiciones y planteamiento de los actores laborales, como asimismo las estadísticas e indicadores laborales, facilitando y promoviendo su difusión hacia la ciudadanía y organismos interesados.
    b) Realizar consultas en materias de interés ciudadano respecto de planes, políticas y programas de la Dirección del Trabajo, en el marco de la ley Nº 20.500, sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública.
    c) Interactuar en materias de Participación Ciudadana con el Ministerio Secretaría General de Gobierno, a través de la División de Organizaciones Sociales de esa cartera.
    d) Realizar todas aquellas tareas que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Estudios.
     
    5. Unidad de Análisis Estadístico, que dependerá directamente del/la Jefe/a del Departamento de Estudios y tendrá como funciones:
     
    a) Generar información estadística sobre los procedimientos operativos de la institución y sobre el sistema de relaciones laborales con la finalidad de apoyar la gestión institucional, y confeccionar la memoria anual de la Institución.
    b) Responder a los requerimientos y solicitudes de información, tanto internos como externos, a partir de las bases de datos de registros administrativos y otras fuentes de información.
    c) Desarrollar e implementar procedimientos estadísticos y herramientas de extracción de información que aseguren la obtención de estadísticas de calidad.
    d) Brindar soporte a investigaciones del Departamento de Estudios a partir de datos de los registros administrativos que contribuyan a alcanzar los objetivos departamentales.
    e) Realizar todas aquellas tareas que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Estudios.
     
    6. Unidad de Gobierno de Datos, que dependerá directamente del/la Jefe/a del Departamento de Estudios y tendrá como funciones:
     
    a) Apoyar la gestión del Servicio a través del diseño, generación y disposición de reportes estadísticos automatizados, creados a través de herramientas tecnológicas.
    b) Programar, realizar y controlar labores estadísticas destinadas a preparar antecedentes básicos para orientar la política laboral.
    c) Levantar e implementar los lineamientos de las áreas responsables de los datos institucionales, estableciendo los datos que se deben poner a disposición de los usuarios del Servicio, los responsables de su registro, el uso que se les puede dar y los perfiles autorizados para visualizarlos y utilizarlos.
    d) Documentar y dar trazabilidad a los datos informados, tanto a usuarios internos como externos, registrando la información de la base de datos respectiva y el perfil del usuario final autorizado para ver y utilizar la información del Servicio.
    e) Apoyar técnicamente y mediante reportes estáticos o interactivos, las distintas solicitudes que se generen en unidades del Departamento de Estudios.
    f) Realizar todas aquellas tareas que le sean asignadas por la Jefatura del Departamento de Estudios.

     
    Segundo: Déjase sin efecto la resolución exenta Nº 151, de fecha 17 de enero de 2020, que establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Estudios.


   
    Tercero: La nueva estructura del Departamento de Estudios de la Dirección del Trabajo comenzará a regir a contar de la total tramitación de esta resolución.


    Anótese, publíquese y comuníquese.- Lilia Jerez Arévalo, Directora del Trabajo.