Artículo 8°. En el manejo de fouling se deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
     
    a) Los sistemas de limpieza in situ sin retención de sólidos deberán garantizar que no se genere un enriquecimiento orgánico del sedimento marino con ocasión de las acciones de limpieza.
    b) En el caso de utilizar sistemas con retención de sólidos, el almacenamiento y/o acopio temporal deberá realizarse en un lugar especialmente definido para estos fines. Dicho lugar deberá estar claramente identificado y contar con todas las medidas de seguridad para evitar que los residuos caigan al medio ambiente.
    c) La frecuencia de retiro deberá garantizar que nunca se sobrepase la capacidad de almacenamiento del sistema destinado a la contención de dichos residuos y que haya sido declarada.
    d) Se deberán adoptar todas las medidas para evitar la generación de olores molestos y la proliferación de vectores con impacto sanitario para las especies en cultivo.
    e) El transporte deberá realizarse en compartimientos estancos que impidan que exista escurrimiento, derrame o generación de olores durante su traslado, ni que se ponga en riesgo la actividad propiamente tal.