AResolución 777 EXENTA,
SALUD
Art. primero Nº 33
D.O. 12.02.2024rt. 28 bis. Elementos probatorios y apreciación de la prueba. Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho, apreciándose en conciencia.
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Art. primero Nº 33
D.O. 12.02.2024rt. 28 bis. Elementos probatorios y apreciación de la prueba. Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho, apreciándose en conciencia.