AResolución 777 EXENTA,
SALUD
Art. primero Nº 33
D.O. 12.02.2024
rt. 28 bis. Elementos probatorios y apreciación de la prueba. Los hechos relevantes para la decisión del procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba admisible en derecho, apreciándose en conciencia.