1. Modifícase la resolución exenta N° 2.789, de 27 de mayo de 2020, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, y reemplácese la letra e) del numeral segundo de la parte resolutiva, según se indica:
"e) Una vez analizados los antecedentes, se dictará uno o más actos administrativos que se pronuncien respecto de las solicitudes ingresadas, para lo cual se dispondrá de un plazo de 140 días hábiles, contados desde el 4 de agosto de 2020, con excepción de aquellos trámites que requieran antecedentes adicionales para su resolución, los que estarán sujetos al procedimiento y a los plazos dispuestos en la ley".
2. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial.