MODIFICA RESOLUCIÓN N° 814 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, CAPÍTULO TERCERO, PROYECTOS PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS, EN EL SENTIDO DE MODIFICAR LOS RECURSOS DISPONIBLES Y AUMENTAR PLAZO PARA SELECCIONAR
Santiago, 12 de febrero de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 159 exenta.
Visto:
1. El decreto supremo N° 27 (V. y U.), de 2016, y sus modificaciones, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, en especial lo dispuesto en su Artículo 24.
2. La resolución exenta N° 41 (V. y U.), de fecha 9 de enero de 2020, y sus modificaciones, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2020 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, especialmente la modificación dispuesta por la resolución exenta N° 1.346 (V. y U.), de fecha 10 de septiembre de 2020.
3. La resolución exenta N° 814 (V. y U.), de fecha 11 de mayo de 2020, y sus modificaciones, que llama a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, para las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Maule, Ñuble, Biobío y Los Ríos, y sus modificaciones.
4. El oficio ordinario N°2.639, de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso, de fecha 15 de diciembre de 2020, mediante el cual solicita ampliar el plazo para seleccionar, en el marco del Llamado regulado mediante la resolución exenta N° 814 (V. y U.), 2020.
5. El oficio ordinario N° 1.277, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, de fecha 14 de diciembre de 2020, mediante el cual solicita recursos para ampliar la selección de proyectos, en el marco del Llamado regulado mediante la resolución exenta N° 814 (V. y U.), de 2020, y ampliación del plazo para seleccionar proyectos.
6. El correo electrónico de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso, de fecha 21 de diciembre de 2020, mediante el cual solicita modificar los recursos autorizados en el marco del Llamado regulado mediante la resolución exenta N°814 (V. y U.), de 2020.
Considerando:
a) Que por la resolución exenta N° 814 (V. y U.), de fecha 11 de mayo de 2020, se llamó a postulación en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, Capítulo Tercero, Proyectos para Condominios de Viviendas, para las regiones de Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Maule, Ñuble, Biobío y Los Ríos, a objeto de atender a condominios de viviendas que presenten deterioro y sean considerados como objeto de atención del programa, de acuerdo a las condiciones señaladas en el Artículo 4° del DS N° 27 (V. y U.), de 2016.
b) La solicitud de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso, mediante el ordinario citado en el Visto 4, de aumentar el plazo para seleccionar proyectos, con el objetivo de completar la revisión de proyectos.
c) La solicitud del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región del Maule, mediante el ordinario citado en el Visto 5, de aumentar los recursos disponibles para su región, con el objetivo de ampliar la selección de proyectos para condominios de viviendas, lo que permitiría atender la totalidad de los proyectos postulados con calificación Serviu aprobada, y además, aumentar el plazo de selección.
d) La solicitud de la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de Valparaíso, mediante el correo electrónico citado en el Visto 6, de disminuir los recursos para seleccionar proyectos.
e) La necesidad de modificar los recursos disponibles para efectuar la selección de proyectos en cada región, de acuerdo con las asignaciones ya realizadas en el marco del Llamado regulado mediante la resolución exenta N° 814 (V. y U), de 2020.
f) Los correos electrónicos de fechas 20 de enero y 3 de febrero de 2021, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica (S), y correo de fecha 6 de enero de 2021 del Jefe del Departamento de Atención del Déficit Cualitativo de la División de Política Habitacional de este Ministerio, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:
Resolución:
1. Modifícase la resolución exenta N° 814 (V. y U.), de fecha 21 de mayo de 2020, en el siguiente sentido:
a) Reemplazar la tabla inserta en el resuelvo 2, por la siguiente:

b) Reemplazar la tabla inserta en el resuelvo 10, por la siguiente:

2. Establécese que la resolución exenta N° 814 (V. y U.), de fecha 11 de mayo de 2020, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Erwin Navarrete Saldivia, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo (S).