Artículo 52.- Integración de la Comisión.- La Comisión estará integrada por los siguientes miembros:
     
    a) Cinco representantes de asociaciones científicas.
    b) Tres representantes de las facultades de medicina de alguna institución de educación superior acreditada institucionalmente, de conformidad con la ley Nº 20.129, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior.
    c) Tres representantes de fundaciones u organizaciones de pacientes.
     
    Los representantes serán elegidos por cada entidad, de conformidad a lo establecido en el párrafo 5º del presente Título.