MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.607, DE 7 DE DICIEMBRE DE 2020, QUE DISPUSO MEDIDAS SANITARIAS EN LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA ANTE EL BROTE DEL COVID-19

    Núm. 1.045 exenta.- Punta Arenas, 30 de marzo de 2021.
     
    Vistos:
     
    La resolución Nº 2.607, de fecha 7 de diciembre de 2020, publicada en el Diario Oficial el día 12 del mismo mes, emitida por la Seremi de Salud de Magallanes, sobre medidas sanitarias en la Región de Magallanes ante el brote del Covid-19; lo previsto en el DFL Nº 725/69 del Ministerio de Salud, que contiene el Código Sanitario; lo establecido en el DFL Nº 1, de 2005, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.673, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; lo dispuesto en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado; lo previsto en el DS Nº 136/2004 Reglamento Orgánico del Minsal; decreto Nº 4, del 5 de enero de 2020, y sus modificaciones posteriores, del Ministerio de Salud, que decreta Alerta Sanitaria y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de Salud Pública; la resolución Nº 43, de 15 de enero de 2021, que establece el Nuevo Plan Paso a Paso del Minsal, y sus modificaciones posteriores; resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones; y el decreto exento Nº 45, de 25 de agosto de 2020, del Ministerio de Salud.
     
    Considerando:
     
    1. Que, por medio de la resolución Nº 2.607 de esta Seremi de Salud, de fecha 7 de diciembre de 2020, se dictaron una serie de medidas sanitarias para enfrentar el brote del Covid-19 en la Región de Magallanes y Antártica Chilena.
    2. Que, la resolución señalada precedentemente dispuso en su numeral 1 la obligación de toda persona que ingrese a la Región de Magallanes y Antártica Chilena de presentar un examen de RT-PCR negativo para Covid-19, tomado en un plazo no superior a 72 horas previas a su ingreso, permitiendo en su numeral 2 a los residentes iniciar una cuarentena en caso de no contar con dicho examen, para luego poner término a su aislamiento, en caso de informar a la autoridad sanitaria un resultado negativo.
    3. Que, se hace necesario actualizar la Res. Nº 2.607, eliminando la posibilidad que los residentes puedan ingresar a la región sin contar con un examen tomado previamente e iniciar una cuarentena, por lo que se dictará lo que a continuación se indica:
    Y, en mérito de lo expuesto, dicto la siguiente
     
    Resuelvo:

     
    1.- Modifícase la resolución Nº 2.607, de fecha 12 de diciembre de 2020, de la Seremi de Salud de Magallanes y Antártica Chilena, en el siguiente sentido:
     
    1. Elimínase el numeral 2 de la resolución Nº 2.607, de 7 de diciembre de 2020, por lo que una vez vigente la presente modificación, los residentes que ingresen a la Región de Magallanes y Antártica Chilena deberán presentar un examen de RT-PCR negativo para Covid-19, tomado en un plazo no superior a 72 horas previas a su ingreso.
    2.- En lo no modificado, rija íntegramente la resolución Nº 2.607, de 7 de diciembre de 2020.
    3.- La vigencia de la presente resolución comenzará el 8 de abril de 2021.

   
    Notifíquese, anótese, comuníquese y publíquese.- Eduardo Castillo Vera, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de Magallanes y Antártica Chilena (S).