PROTOCOLO SANITARIO PARA LAS ELECCIONES DE CONVENCIONALES CONSTITUYENTES, GOBERNADORES REGIONALES, ALCALDES Y CONCEJALES DEL AÑO 2021


    Nota: Las referencias a los días 9, 10 y 11 de abril contenidas en el presente protocolo, deben entenderse efectuadas a los días 14, 15 y 16 de mayo, respectivamente, en virtud de lo dispuesto en la disposición cuadragésima primera transitoria de la Constitución Política de la República.

    Índice
    Introducción.
    Protocolo Sanitario para unas Elecciones 2021 Más Seguras.
    I. Producción de Material Electoral
    II. Kit sanitario
    III. Actos de campaña
    IV. Información a personal con rol electoral
    V. Personal con rol electoral
    VI. Comunicación al electorado
    VII. Locales de votación
    VIII. Mesa Receptora de Sufragios
    IX. Alimentación y tiempos de descanso
    X. Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores
    XI. Escrutinio y transmisión de datos
    XII. Divulgación de resultados
    XIII. Transporte de los electores
    XIV. Apoderados de las candidaturas
    XV. ANEXOS

    Introducción.
   
    Visto:
   
    Lo dispuesto en el artículo 130 y siguientes de la Constitución Política de la República; la Ley N° 18.556, Orgánica Constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y Servicio Electoral; la Ley N° 18.700, Orgánica Constitucional sobre votaciones populares y escrutinios; la Ley N° 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades; la Ley N° 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la Ley N° 21.257, Reforma Constitucional que faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo del Plebiscito Nacional dispuesto en el artículo 130 de la Constitución y otros procesos electorales en los términos que se indican; y la Ley N° 21.317 Reforma Constitucional que amplía a dos días la elección de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales.

    Considerando:

    1. Que, la Ley N° 21.221 que modificó el Capítulo XV de la Constitución Política de la República, en consideración a la crisis del COVID-19, que tuvo por objeto reprogramar el itinerario electoral en curso, para fijar un nuevo calendario para la realización de los futuros eventos electorales, en un marco que garantice la salud de quienes participen en los respectivos procesos electorales.
    2. Que, con fecha 27 de agosto de 2020, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.257, Reforma Constitucional que faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo los procesos electorales de los años 2020 y 2021.
    3. Que, con fecha 17 de marzo de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.317, Reforma Constitucional que establece la realización de las Elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales los días 10 y 11 de abril de 2021, así como también faculta al Servicio Electoral a dictar las normas e instrucciones necesarias para el desarrollo de éstas.
    4. Que el 11 de marzo de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró al virus SARS-CoV-2, el coronavirus que causa la enfermedad COVID- 19, como una pandemia.
    5. Que para la elaboración del presente protocolo se debe reconocer que no existe un riesgo cero al realizar elecciones en tiempos de pandemia, debiendo las autoridades electorales, y en general del Estado, en estrecha colaboración, tomar las medidas más prudenciales para evitar oportunidades de amplificación de la propagación del COVID-19 en el país. El presente protocolo representa un esfuerzo intersectorial, y compromiso del Servicio Electoral de Chile, del Ministerio de Salud de Chile, de la Organización Panamericana de la Salud, y otras instituciones colaboradoras, por "generar un adecuado balance -basado en los criterios de razonabilidad- entre los derechos políticos y el derecho a la salud de los que gozamos las personas, en nuestra calidad de titulares de Derechos Humanos"(1).
    6. Que, el Consejo Directivo del Servicio Electoral, conforme a las facultades otorgadas por la ley, ACUERDA el siguiente protocolo:


    PROTOCOLO SANITARIO
    PARA UNAS ELECCIONES 2021 MÁS SEGURAS

    I. Producción de Material Electoral:
   
    Es de especial preocupación para el Servicio Electoral de Chile tomar todas las medidas necesarias en las diferentes etapas de la preparación del material electoral, dado que conforme se ha informado desde la comunidad científica, el virus se propaga principalmente por contacto directo con personas infectadas y por contacto indirecto a través de objetos o superficies contaminadas.(2)
    Por tanto, las operaciones de adquisición de materiales, acondicionamiento de los espacios en los cuales se preparan las cajas electorales, preparación para su envío, transporte y distribución de estos materiales, documentos y equipamiento electoral también serán objeto de consideración especial en cuanto a riesgo sanitario e higiene. Como hemos dicho, los materiales electorales son superficies susceptibles de transportar virus. Siendo la principal vía de contagio el contacto cercano entre personas y a través de gotitas hasta el momento no hay evidencia inequívoca de cuánto dura la viabilidad de los virus en distintas superficies, por lo tanto, se hace necesario prevenir tomando los más altos resguardos.
   
    Visto lo anterior, el Servicio Electoral adoptará las siguientes medidas:
   
    - Las instalaciones donde funciona el centro de operaciones para la preparación de materiales electorales deben contar con la infraestructura adecuada para garantizar un ambiente amplio y seguro de trabajo para el personal involucrado en la etapa de confección, armado y distribución de las cajas electorales. En todo momento se deben considerar las instrucciones impartidas por la autoridad sanitaria para lugares de trabajo, contenidas en "Protocolo de Actuación en Lugares de Trabajo COVID-19" disponible en https://www.gob.cl/coronavirus/pasoapaso#documentos/ siendo cada jefatura encargada de velar por su cumplimiento. Cada Dirección Regional debe considerar un trabajo por turnos que posibilite el distanciamiento físico y el resguardo de un cierto número de personal de ser necesario en caso de contingencia.
    - Los espacios de trabajo se deben limpiar y desinfectar cada cambio de turno laboral de acuerdo con lo contenido en el Ordinario N° 2770 del 15 de julio del 2020 "Protocolo Simplificado de Limpieza y Desinfección de Ambientes".
    - Todo el personal encargado del armado de cajas y distribución debe contar con insumos sanitarios, principalmente el uso permanente de mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues, que cubran nariz y boca y en cantidad suficiente, con el fin de evitar el uso de mascarillas deterioradas por humedad, suciedad o deformación (no superando las 4 horas de uso), lavado frecuente de manos, escudo facial y uso de alcohol gel al 70%. Además, deberán estar debidamente acreditados y se realizará un control de temperatura al ingreso de las instalaciones junto con un cuestionario básico sobre posibles síntomas de COVID-19(3). En caso de presentarse una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.
    - En los espacios de trabajo logístico se deberán instalar señalizaciones y marcas en el suelo para delimitar los espacios de movilidad y asegurar la distancia física entre las personas.
    - Se deberá promover la distancia física y habilitar espacios determinados para el consumo de alimentos.
    - La Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral, en conjunto con la Unidad de Comunicaciones, deberán elaborar manuales, afiches y materiales audiovisuales sobre los procedimientos de actuación sanitaria para actividades de elaboración de material electoral.
    - El Director/a Regional, o el funcionario en quien éste delegue, deberá supervisar el cumplimiento de las medidas sanitarias por parte del personal encargado del armado de cajas y distribución de éstas.
    - La Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral, en conjunto con las Direcciones Regionales, deberán establecer un plan de contingencia para dar continuidad a las operaciones ante caso positivo de COVID-19 en algún funcionario/a de acuerdo con lo determinado por el seguimiento epidemiológico realizado por la autoridad sanitaria correspondiente.
    - Los Directores Regionales deberán, en general, seguir el "Protocolo de Actuación en Lugares de Trabajo COVID-19" del Ministerio de Salud, disponible en https://www.gob.cl/coronavirus/ pasoapaso#documentos/.


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(1)  Documento "Dimensiones que Inciden en las Decisiones de los Organismos Electorales en Tiempos de Pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Mayo, 2020.
(2)  https://www.who.int/news-room/commentaries/detail/transmission-of-sars-cov-2-implications-for-infection-prevention-precautions
(3)  Resolución Exenta Nº 43 de 14 de enero de 2021. MINSAL. Numeral 14:
    7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
    a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 °C o más.
    b. Tos.
    c. Disnea o dificultad respiratoria.
    d. Congestión nasal.
    e. Taquipnea o aumento de la frecuencia respiratoria.
    f. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
    g. Mialgias o dolores musculares.
    h. Debilidad general o fatiga.
    i. Dolor torácico.
    j. Calofríos.
    k. Cefalea o dolor de cabeza.
    l. Diarrea.
    m. Anorexia o náuseas o vómitos.
    n. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
    o. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
    En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial

    II. Kit sanitario:

    El Servicio Electoral de Chile hace un llamado al electorado para que los días 10 y 11 de abril de 2021, donde se celebrarán las Elecciones de Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, acudan con sus propios implementos de protección sanitaria (alcohol gel al 70% y mascarilla, idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues). No obstante lo anterior, los días 9, 10 y 11 de abril se dispondrá de kits sanitarios para colaborar en un apropiado resguardo de las medidas recomendadas por el Ministerio de Salud.
    El elector deberá llevar su propio lápiz pasta azul para marcar su preferencia en las correspondientes cédulas de votación, así como para firmar el padrón de mesa.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
   
    - El día de la constitución de mesas se dispondrá de kits sanitarios básicos para los vocales de mesas receptoras de sufragios y para personal con rol electoral (alcohol gel al 70% y mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues).
    - Al inicio de la jornada de votación se dispondrá de kits sanitarios para ser entregados a los vocales de mesas receptoras de sufragios, los que deberán contar con insumos suficientes durante ambas jornadas de votación.
    - En cada local de votación se dispondrá, además, de kits sanitarios para los electores en caso de alguna contingencia.
    - Los kits sanitarios deben contener:

    a) Mascarillas para vocales de mesa (4 del tipo KN95 por persona, para recambio durante la jornada diaria). A su cargo, los apoderados de los candidatos deberán llevar sus propias mascarillas y alcohol gel, manteniendo en todo momento la distancia física de al menos un metro, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones.
    b) Escudos faciales para los vocales de mesa, siendo obligatorio el uso por parte del presidente/a de mesa al momento del escrutinio.
    c) Alcohol en gel al 70% para vocales de mesa y electores.
    d) Desinfectantes, de conformidad a lo establecido en el Ordinario N° 2770 del 15-07-2020 MINSAL. "Protocolo Simplificado de Limpieza y Desinfección de Ambientes COVID19", en particular se debe priorizar la limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia. Para realizar la limpieza se recomienda el uso de guantes de nitrilo, desechándolos y posterior lavado de manos.
    e) Toallas húmedas con alcohol al 70%.
    f) Toallas de papel o servilletas.
    g) Guantes de nitrilo para el conteo de votos.
    h) Bolsas de basura grande (basureros de hasta 240 Lts).

    - Los distintos kits electorales deben embalarse con cubiertas plásticas impermeables de manera de poder mantener la cadena de higiene. Los kits sólo podrán abrirse en la jornada electoral por parte de vocales de mesa o funcionarios/as electorales previa higienización de las manos.
    - En los locales de votación se utilizará cinta adhesiva de color amarillo para demarcar en el piso la distancia física requerida de al menos un metro.

    III. Actos de campaña:

    Dado el nuevo contexto que la sociedad debe enfrentar producto de la pandemia del COVID-19, el Servicio Electoral reitera la exigencia al cumplimiento de la prohibición de realizar actos masivos(4), dictada por la autoridad sanitaria, sea de manera pública o privada, pues son incompatibles con una estrategia de distanciamiento físico y cuidado intensivo sanitario. Lo anterior, también debe ser compatibilizado de conformidad a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en el plan "Paso a Paso", siendo que lugares distintos puedan estar en pasos con más o menos restricciones.
    Sin embargo, se debe considerar que las campañas no son únicamente un instrumento publicitario de los partidos o partidarios de las candidaturas. Son un medio por el cual se contribuye al debate público y al voto informado; desde ese punto de vista, constituyen un derecho de las personas, de los partidos y de las agrupaciones.

    Visto lo anterior, se instruye:

    - Los partidos políticos, los parlamentarios independientes o los comandos de las opciones sometidas a Elección tendrán la responsabilidad de destinar recursos para insumos sanitarios y ponerlos a disposición de quienes trabajen en la campaña. Se deberá tener en cuenta las recomendaciones de la autoridad sanitaria para actuaciones en los lugares de trabajo en contexto de COVID-19. A su vez, deberán elaborar materiales educativos e informativos para ser difundidos a las personas involucradas en las actividades de campaña y al público en general, en los que se comunique de manera precisa las disposiciones sanitarias para participar en eventos y reuniones.
    - Se deben evitar eventos presenciales masivos y promover los canales virtuales, donde la ciudadanía de forma segura pueda escuchar ideas y debatir sobre las opciones sometidas a Elección.
    - Para la realización de reuniones presenciales, se debe garantizar una distancia física de al menos un metro y que no se supere el aforo permitido de conformidad a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en su plan "Paso a Paso", priorizando el uso de espacios abiertos.
    - Las campañas puerta a puerta pueden realizarse siempre que se desplace un número limitado de personas y que en ellas se respete la distancia física de al menos un metro, se utilice mascarilla quirúrgica desechable de tres pliegues, que cubra nariz y boca y que no se encuentre visiblemente sucia, dañada o húmeda (con un uso no superior a 4 horas) e higienice periódicamente las manos. Se deberá respetar en todo momento a las instrucciones que dicte la autoridad sanitaria en el plan "Paso a Paso".
    - Se debe potenciar el uso de canales digitales que eviten el contacto con materiales o publicidad que puedan transmitir el virus. No obstante lo anterior, también serán de utilidad aquellas piezas de propaganda que la ciudadanía espontáneamente ubique en las ventanas de sus domicilios o balcones.
    - En caso de reuniones en espacios cerrados, se debe desinfectar previamente, disponer alcohol gel al 70% para los asistentes, y el uso obligatorio de mascarilla idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues que cubra nariz y boca y que no se encuentre sucia, deforme o húmeda (con un uso no superior a 4 horas). Se debe considerar lo establecido en Resolución Exenta Nº43.
    - En los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las candidaturas sometidas a Elección.

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(4)  Decreto N°4 del 5 de enero de 2020 del Ministerio de Salud. https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2020/02/1724518_alerta_ sanitaria_coronavirus.pdf y sus actualizaciones.

    IV. Información a personal con rol electoral:

    El Servicio Electoral de Chile dispondrá de información virtual y videos para todos quienes desempeñen el rol de vocal, siendo obligatoria su revisión.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Incluir las disposiciones sanitarias emitidas por las autoridades nacionales en materia de salud.
    - Desarrollar materiales de capacitación específicamente enfocados en las medidas, protocolos y lineamientos que debe seguir el personal con rol electoral en materia de prevención de la transmisión del COVID-19, idealmente desagregados de acuerdo con las especificidades de los roles, funciones y obligaciones. Se deben elaborar manuales de actividades en formato escrito, gráfico e infográfico.
    - Desarrollar material informativo para apoderados de las opciones sometidas a Elección, recalcando la obligación de portar en todo momento su propio kit sanitario.
    - Además, desarrollar material informativo sobre manipulación de basura.
    - Generar instancias de coordinación para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, Cruz Roja, así como Policía de Investigaciones o Seguridad Municipal, en caso de que estas últimas colaboren. Se debe enfatizar la función respecto de la seguridad del proceso, los electores, casos de evacuación por emergencia, el respeto al protocolo sanitario y especialmente eventuales desórdenes que afecten la distancia física.

    V. Personal con rol electoral:

    Es una preocupación del Servicio Electoral la organización de planes de contingencia para funcionarios y funcionarias, con objeto de minimizar los riesgos que puede acarrear la interrupción de actividades o procesos críticos. Los planes de contingencia también ayudan a garantizar la pronta reanudación de las actividades en caso de una interrupción, particularmente en plena jornada electoral.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Evaluar un protocolo especial de cuidado o teletrabajo para parte del equipo de las Divisiones o Unidades claves en la jornada de Elección, como, por ejemplo, del área informática que estará a cargo de la transmisión de resultados.
    - Instaurar un control de toma de temperatura en las oficinas del Servicio Electoral de Chile, así como en los centros de producción de material electoral, realizando un breve cuestionario sobre posibles síntomas(5) . En caso de tener una persona con sintomatología debe ser derivado a un centro asistencial.
    - Se deberá tener cuidado especial con el control de las personas que desempeñen su labor en comunas diferentes a las que residen, particularmente en aquellas que pudieren estar en cuarentena.

    Por último, y desde el año 1988 ha sido tradición que los órganos electorales de Chile desarrollen una Misión de Visitantes Internacionales, siendo de gran importancia en el marco de la colaboración transversal entre organismos electorales de la región, como lo es la Unión Interamericana de Organismos Electorales.
   
    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:
   
    - Desarrollar una Misión virtual, a cargo de personal del Consejo Directivo del Servicio Electoral, que muestre a los órganos electorales, y visitantes internacionales en general, la jornada electoral a desarrollarse los días 10 y 11 de abril.

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(5)  Resolución Exenta Nº 43 de 14 de enero de 2021. MINSAL. Numeral 14:
    7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
    a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 °C o más.
    b. Tos.
    c. Disnea o dificultad respiratoria.
    d. Congestión nasal.
    e. Taquipnea o aumento de la frecuencia respiratoria.
    f. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
    g. Mialgias o dolores musculares.
    h. Debilidad general o fatiga.
    i. Dolor torácico.
    j. Calofríos.
    k. Cefalea o dolor de cabeza.
    l. Diarrea.
    m. Anorexia o náuseas o vómitos.
    n. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
    o. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
    En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.

    VI. Comunicación al electorado:

    La comunicación es un factor indispensable en la organización de elecciones en esta nueva realidad; requiere de estrategias que permitan transmitir oportunamente las nuevas medidas y mitigar los temores existentes y los que puedan surgir. El votante debe estar informado de los protocolos diseñados y en la eficacia de las medidas tomadas para resguardar la integridad del sufragio, sin poner en riesgo su salud.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Elaborar dentro del set de materiales comunicacionales infografías de tamaño apropiado, que puedan ser dispuestas en distintos lugares del local de votación, enfatizando las medidas sanitarias básicas y el flujo que los electores deberán seguir para su ingreso y salida de los mismos.
    - Elaborar señalética especialmente dedicada a la distancia física de al menos un metro, que colabore con las marcas dispuestas en el suelo. En experiencias comparadas, la distancia física en los locales de votación ha sido la mayor dificultad para los órganos electorales.
    - Elaborar campañas comunicacionales para distintos medios, potenciando el uso de redes sociales y TV.
    - Crear en https://www.servel.cl/ un apartado especial con recomendaciones y obligaciones sanitarias.
    - Promover el uso responsable de redes sociales y medios digitales como un instrumento valioso de la democracia, ya que en contexto de pandemia pueden surgir mayor cantidad de noticias falsas que afecten la seguridad sanitaria.
    - Capacitar a la Unidad de Atención Ciudadana para poder entregar respuestas en materia de medidas sanitarias, coordinadamente con el teléfono del Ministerio de Salud "Salud Responde".

    VII. Locales de votación:

    Los locales de votación poseen la especial complejidad de su diversa infraestructura, lo cual plantea desafíos adicionales para el Servicio Electoral. Por tanto, se ha trabajado evaluando la selección de aquellos que cuenten con grandes áreas o superficies en las que se pueden instalar mesas más grandes que lo habitual, dada la necesidad de distancia física entre los miembros de las mismas, y más alejadas unas de otras. Esto podría implicar reducir el número de mesas por local de votación y consecuentemente, aumentar el número de recintos donde instalar mesas. No obstante lo anterior, se debe trabajar con las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, para mantener ordenado el flujo de electores en el exterior de los locales de votación, así como también invitar a retirarse de éstos a los electores tan pronto hayan votado.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Los locales de votación deberán ser sanitizados los días 9, 10 y 11 de abril en la madrugada. Para ello se solicitará la colaboración de las autoridades correspondientes, y de los propietarios y administradores de los recintos. Las empresas externas aplicadores de desinfectantes de venta especializada, creadas específicamente para este fin y que preste servicios a terceros, deben contar con resolución sanitaria de la Seremi de Salud. Además, se solicita a los municipios realizar, durante la jornada del 10 y 11 de abril, retiro periódico de basura y limpieza de locales.
    - Al exterior de los locales se deberán demarcar con cinta amarilla el espaciamiento físico que será requerido a los electores para su ingreso. De igual forma se deberá demarcar el distanciamiento físico para ingresar a la mesa receptora de sufragios.
    - Será obligatorio el uso permanente de mascarilla en los locales de votación, la que deberá cubrir nariz y boca y que no se encuentre visiblemente sucia, dañada o húmeda (con un uso no superior a 4 horas). Idealmente, se recomienda al electorado utilizar las mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues.
    - Los electores deberán ingresar a los locales de votación solos, sin compañía, salvo aquellos que manifiesten necesidad de voto asistido o tengan alguna necesidad especial para ingresar acompañados.
    - Considerar filas de acceso preferencial para adultos mayores, personas con necesidades especiales o embarazadas, las que deberán tener 2 metros de distancia con la fila de acceso general.
    - Al momento de ingresar a los locales de votación todas las personas, sin excepción, deberán higienizar sus manos con solución de alcohol gel al 70% dispuesto por el Servicio Electoral para tales fines a través de sus facilitadores.
    - Los locales de votación contarán con mascarillas quirúrgicas desechables de tres pliegues para casos de contingencia con electores u otros.
    - Para ingresar a los locales de votación se deberán realizar filas, siempre provistos de mascarillas (idealmente quirúrgicas desechables de tres pliegues) y guardando una distancia de al menos un metro entre las personas.
    - En los locales de votación queda estrictamente prohibido ingresar con propaganda referente a alguna de las candidaturas sometidas a Elección, ya sea en sus elementos sanitarios o vestimenta.
    - Se deberá determinar un aforo considerando la capacidad máxima del recinto asegurando un distanciamiento de al menos un metro entre personas. Mantener ventilación adecuada y permanente de acuerdo con lo establecido en Resolución Exenta N° 43 del Ministerio de Salud. Se deberá también coordinar con las fuerzas de orden correspondientes que tampoco existan aglomeraciones en el exterior del local de votación. En el aforo no se debe considerar a los vocales, apoderados, prensa, personal del Delegado o con rol electoral y fuerzas encargadas del orden.
    - Se recomienda que los locales de votación tengan habilitadas puertas de ingreso y salida distintas, para permitir el flujo unidireccional y evitar aglomeraciones.
    - Una vez emitido el voto, los electores tendrán que hacer abandono inmediato del local de votación por la salida dispuesta para ello. Es importante procurar impedir los contactos sociales, conversaciones y saludos en el interior del recinto de votación. Las declaraciones, entrevistas o conferencias de prensa de cualquier persona deberán ser realizadas afuera de los locales de votación.
    - Se deberán reforzar los basureros con tapa al interior de los locales de votación, duplicando su capacidad y colocando bolsas de basura grande (basureros de 240 Lts), para asegurar la protección del personal de aseo. Los municipios deberán hacer retiro periódico de la basura y limpieza de los locales de votación.
    - Tanto en el exterior como en el interior de los locales de votación, se deben colocar afiches que orienten al elector sobre medidas sanitarias, entradas y salidas.
    - Los locales de votación deben contar con baños públicos disponibles y éstos deben limpiarse y desinfectarse de manera frecuente, procurando tener agua potable, jabón líquido y asegurando distancia física de al menos un metro.

    VIII. Mesa Receptora de Sufragios:

    Al momento de la instalación, los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán organizarse para establecer una ubicación que permita la distancia física de al menos un metro entre ellos. Luego se procederá a revisar los materiales electorales y el kit sanitario. Los vocales de mesa deberán recibir a una importante cantidad de personas durante la jornada electoral y estarán en constante contacto con superficie y materiales durante todo el proceso. Es importante que permanentemente hagan uso de alcohol en gel 70% para cumplir con la higiene de manos, complementado con lavados frecuentes de manos con agua y jabón.
    Una dificultad para el proceso de votación -en el actual contexto- son las cámaras secretas donde el elector marcará sus preferencias de las Elecciones 2021. Por tanto, se deberán eliminar las cortinas de la cámara secreta y tendrán que ser ubicadas en una posición que garantice el secreto del voto.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Designar a un vocal como responsable de verificar el cumplimiento de las medidas y protocolos sanitarios en cada una de ellas.
    - A fin de lograr el distanciamiento mínimo necesario entre las mesas receptoras de sufragios, así como el distanciamiento físico entre los vocales de mesa, apoderados y la prensa, se adoptará lo siguiente: 1.- El distanciamiento entre las mesas receptoras de sufragios que se instalen en el local de votación, deberá ser de al menos 2 metros de separación entre una y otra. 2.- El distanciamiento de las cámaras secretas deberá ser de al menos 2 metros respecto de la mesa receptora de sufragios y de un metro entre ellas. 3.- Las urnas deberán ser instaladas con una distancia de al menos 1 metro respecto de los vocales. 4.- El distanciamiento entre los vocales de mesa y los apoderados deberá ser de, a lo menos, 1 metro de separación. En relación con el distanciamiento de los representantes de medios de comunicación con la mesa, éste será a lo menos de 2 metros.
    - Los vocales de la mesa receptora de sufragios podrán opcionalmente antes del conteo de votos usar guantes de nitrilo, sin embargo, será obligatoria la desinfección periódica de las manos sea que se utilicen o no los guantes.
    - Los vocales de la mesa receptora de sufragios deberán utilizar en todo momento las mascarillas del kit sanitario, debiendo hacer un recambio de éstas cuando estén húmedas, dañadas o visiblemente sucias. El escudo facial es recomendado para los vocales, pero será obligatorio para el Presidente de mesa al momento de la lectura de los votos y del escrutinio.
    - Los vocales de la mesa deberán desinfectar las cámaras secretas y lápices después de cada uso, además, deberán realizar una desinfección periódica (recomendado cada 2 horas) de las superficies del mobiliario. De acuerdo con las instrucciones contenidas en el Ordinario N°2770 del 15-07-2020 del Ministerio de Salud. Lo anterior, con un rociador con una solución de alcohol gel al 70%, cloro, amonio cuaternario o con toallas húmedas con alcohol al 70%.
    - El Presidente de la mesa será responsable, o quien éste designe, de mantener en el exterior de la sala una fila que asegure el distanciamiento físico de al menos un metro, demarcando los espacios en el piso. Sólo se permitirá el ingreso preferente de votantes a las mesas receptoras de sufragios en casos que tengan más de 60 años, necesidades especiales, estén embarazadas o requieran voto asistido.
    - Al recibir a un elector, los vocales de la mesa receptora de sufragios no deberán tocar la cédula de identidad de éste. Sólo si fuera necesario, se deberá desinfectar la cédula de identidad del elector, con una solución de alcohol gel al 70% o con toallas húmedas con alcohol al 70%. Al momento de colocar sobre la mesa la cédula de identidad, el elector debe retroceder al menos un metro a la espera de que el miembro de mesa encuentre el registro en el padrón. El elector deberá mostrar su rostro quitándose la mascarilla por no más de 3 segundos, a una distancia mínima de dos metros. Luego se procederá a entregarle las cédulas de votación para la Elección. La cédula de identidad quedará a la vista del miembro de mesa correspondiente. Emitidos los votos, el elector deberá mostrarlos doblados y sellados, para que el Presidente de la mesa revise que los números de serie son coincidentes con los de las cédulas entregadas y, con la autorización de éste, el elector deberá desprender las colillas, depositándolas en el sobre que se le indique y luego depositar los votos en la urna. Hecho esto, el elector podrá retirar su documento de identidad.
    - Los vocales de la mesa procurarán mantener distancia con el elector. La entrega de la cédula de votación se deberá realizar dejándolas sobre la mesa, evitando mantener contacto físico con el elector. Misma situación al firmar el padrón por parte del elector.
    - Los vocales de mesa podrán permitir que cada elector use su propio lápiz pasta azul para emitir el voto y firmar el padrón.
    - A su cargo, los apoderados de los candidatos deberán llevar sus propias mascarillas y alcohol gel para higienizar sus manos periódicamente, manteniendo en todo momento la distancia física, de lo contrario no podrán desempeñar sus funciones. Las mascarillas podrán ser del tipo KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues que cubra nariz y boca debiendo hacer un recambio de éstas cuando estén húmedas, dañadas o visiblemente sucias (con un uso no superior a 4 horas) en los locales de votación. Será opcional el uso de otros elementos de protección personal y no está permitida la propaganda en ninguno de los elementos de protección personal.
    - Respecto de la cámara secreta, se deberán eliminar las cortinas, por lo que se deberá procurar una ubicación que asegure el secreto del voto. Adicionalmente, se deberá desinfectar la superficie después de cada uso y los vocales deberán controlar el ingreso.
    - Los vocales procurarán una atención expedita a los electores, a efectos de que éstos permanezcan en el lugar el menor tiempo posible.
   
    IX. Alimentación y tiempos de descanso:

    Se debe instruir a los vocales de mesa que la alimentación e ingesta de líquidos se debe realizar por turnos, en espacios abiertos y debidamente habilitados para ello al interior del local de votación.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Que el Delegado del local de votación recomiende a los vocales de mesa receptora de sufragios una zona determinada para su alimentación, procurando una distancia física de al menos un metro y con sistema de turnos. En el caso de la ingesta de líquidos, se recomienda hacerla en espacios abiertos o retirándose la mascarilla el menor tiempo posible.
    - Dado que la basura o los restos de alimentos pueden ser un foco de contagio, se debe constatar periódicamente la disponibilidad de contenedores de basura para disponer los elementos de protección utilizados.
    - En todo este proceso el Delegado debe procurar la continuidad del funcionamiento de la mesa, en aquellos casos que sólo se cuenta con el mínimo de tres vocales.
    - Procurar no tener comercio de líquidos o alimentos.

    X. Voto accesible, de grupos de riesgo o adultos mayores:

    El Servicio Electoral ha innovado permanentemente en tener a disposición en cada local de votación, de plantillas braille o con ranuras para la emisión del voto por parte de electores con discapacidad visual, la cual debe ser desinfectada después de cada utilización. Al respecto se debe tener especial cuidado en asistir a las personas con dificultad visual o movilidad reducida para ejercer el sufragio, permitiendo la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas.
    Respecto de los adultos mayores o grupos de riesgo, es importante evitar la exposición de éstos en las actividades y gestiones del proceso electoral. Al igual que en el caso anterior, les está permitido contar con la asistencia de una persona de confianza del elector, además de poder contar con la guía y apoyo de personal de Defensa Civil, Cruz Roja o las Fuerzas Armadas. Con especial cuidado en estos grupos de electores, se recomienda la desinfección de mesas y cámara secreta previo y después de cada uso.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Para el caso de adultos mayores, personas con discapacidad visual, con movilidad reducida, embarazadas o grupos de riesgo se deben reforzar las medidas sanitarias de forma estricta. Con especial atención en la higiene de manos (uso de alcohol en gel al 70%), uso de mascarilla (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues) y procurar su atención preferente. En caso de que sean asistidos por terceros, es obligatoria la desinfección de manos antes de hacerlo.
    - Los Delegados de los locales de votación deben evitar la selección de vocales de mesas que pertenezcan al grupo de adultos mayores, ya que estos corren mayor riesgo de presentar complicaciones graves ocasionadas por la enfermedad COVID-19.
    - Con la finalidad de resguardar la salud y facilitar el ejercicio del derecho a sufragio de los electores, se establece un trato continuo y preferente a electores mayores de 60 años, personas con algún tipo de discapacidad, electores que requieran ser asistidos en el ejercicio del sufragio y a embarazadas.

    XI. Escrutinio y transmisión de datos:

    El escrutinio es la parte cúlmine de la jornada prevista para el 11 de abril de 2021, siendo el conteo de los votos es un momento clave para obtener los resultados del ejercicio democrático. Por tanto, es importante reforzar la información en esta etapa del proceso, mantener motivados a los vocales de las mesas receptoras de sufragios y que cuenten con personal técnico en caso de requerir ayuda. De la misma forma, es importante que el Presidente de la mesa conozca sus facultades, así como aquellas que tienen los apoderados de las candidaturas.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Al efectuar el cierre de la mesa, se deberá proceder a desinfectar las superficies de trabajo y lápices con los que trabajarán en el escrutinio. En este punto se recomienda que los vocales de mesa usen guantes de nitrilo y los desinfecten periódicamente con alcohol gel al 70%, debido a que tendrán que manipular los votos de la urna.
    - Todo el personal involucrado en las fases de escrutinio, escaneo y transmisión, deberá mantener la distancia física requerida de al menos un metro, utilizar permanentemente los medios de protección e higiene suministrados: mascarillas KN95 o quirúrgicas desechables de tres pliegues, escudos faciales, y alcohol gel al 70%. El público, apoderados y medios de comunicación deberán utilizar en todo momento sus propias mascarillas y mantener la distancia física requerida de al menos un metro. El Presidente de la mesa está investido de la autoridad para hacer cumplir estas medidas. Especialmente, para hacer el conteo de los votos públicamente y en voz alta, el Presidente de la mesa deberá utilizar escudo facial, debiendo el resto de los presentes mantener silencio para facilitar la lectura de los votos (que puede verse dificultado por el uso de mascarilla).
    - Una vez completadas las actas, se deberá proceder a la higienización de manos y llevar a la oficina electoral del local de votación para la digitación y transmisión de los datos.
    - Tanto el personal PESE (Personal de Enlace del Servicio Electoral), digitadores y personal técnico de transmisión de resultados deberá en todo momento llevar mascarilla KN95, guantes de nitrilo y utilizar periódicamente alcohol gel al 70%.
    - Para el retiro del material electoral, todo el personal involucrado en el transporte, servicios logísticos y seguridad deberá mantener las medidas sanitarias.

    XII. Divulgación de resultados:

    Los días de las Elecciones de Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales, el Servicio Electoral dispondrá de un Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados, el cual contará con especiales medidas de seguridad y control de aforo.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - El Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados deberá ser desinfectado en todas sus instalaciones el 10 y 11 de abril en la madrugada.
    - Todo el personal con acceso al Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados deberá estar debidamente acreditado, será controlado en su temperatura al ingreso de las instalaciones y se le realizará un cuestionario básico sobre posibles síntomas de COVID-19(6) . En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.
    - Se contará con un aforo máximo informado con anticipación a los medios, procurando mantener la distancia física de un metro en todo momento. Quienes no puedan acceder al Centro de Prensa por esta medida, contarán con transmisiones en línea y contactos en directo que les permitan realizar una correcta cobertura del evento.
    – En todo momento se deberá utilizar mascarilla KN95, con dos unidades por jornada diaria; higienizar las manos con alcohol gel al 70% y mantener una estricta distancia física de al menos un metro.
    - Los profesionales de la prensa deberán higienizar periódicamente sus equipos y micrófonos.
    - Para la alimentación e ingesta de líquidos, se dispondrá de una zona especial, con ventilación apropiada y que asegure una distancia física de al menos un metro entre personas. Toda la comida o líquidos deberán ser envasados.
    - Se deberán reforzar los basureros, disponiendo que éstos tengan tapa.
    - El personal que esté trabajando en el Centro de Prensa y de Divulgación de Resultados contará con un kit sanitario para la correspondiente desinfección de sus superficies de trabajo, y equipos, como laptop o teléfonos celulares.

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(6)  Resolución Exenta Nº 43 de 14 de enero de 2021. MINSAL. Numeral 14:
    7. Para efectos de esta resolución, son síntomas de la enfermedad del Covid-19 los siguientes:
    a. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 °C o más.
    b. Tos.
    c. Disnea o dificultad respiratoria.
    d. Congestión nasal.
    e. Taquipnea o aumento de la frecuencia respiratoria.
    f. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
    g. Mialgias o dolores musculares.
    h. Debilidad general o fatiga.
    i. Dolor torácico.
    j. Calofríos.
    k. Cefalea o dolor de cabeza.
    l. Diarrea.
    m. Anorexia o náuseas o vómitos.
    n. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
    o. Pérdida brusca del gusto o ageusia.
    En caso de tener una persona con algunos de estos síntomas debe ser derivado a un centro asistencial.

    XIII. Transporte de los electores:

    Se debe considerar en conjunto con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones un plan que posibilite brindar higienización de buses, taxis y vagones de metro los días previos a las Elecciones, y durante cada jornada. Del mismo modo, y para mantener una distancia física de al menos de un metro se recomienda evaluar un aumento en la capacidad y frecuencia de buses o metro, exigiendo siempre el uso de mascarilla (idealmente, quirúrgicas desechables de tres pliegues, con cambio cada 4 horas). Se recomienda que en el transporte público sean bloqueados asientos por medio.

    XIV. Apoderados de las candidaturas:

    En representación de las candidaturas, y para los efectos de evitar aglomeraciones, mantener la distancia física, y facilitar las actuaciones de las Juntas Electorales, Delegados en las Oficinas Electorales, Colegios Escrutadores y de las Mesas Receptoras de Sufragios, durante la votación y en especial en los escrutinios, se hace necesario limitar la presencia de los apoderados ante estos organismos.

    Visto lo anterior, se adoptarán las siguientes medidas:

    - Sólo podrá asistir un apoderado o apoderada por candidatura ante las actuaciones de cada Mesa Receptora de Sufragios, juntas electorales y colegios escrutadores.
    - En sus actuaciones los apoderados o apoderadas deberán dar estricto cumplimiento a las medidas sanitarias dispuestas en este Protocolo Sanitario.

    XV. Información epidemiológica de Vocales de mesa:
   
    El Ministerio de Salud tendrá acceso a la información proporcionada por el Servicio Electoral, con objeto de revisar data epidemiológica de vocales previo a las votaciones procurando que no participen en esta actividad vocales confirmados COVID positivos o contactos estrechos.

    XVI. ANEXOS:

    A. MAPA DE MESAS RECEPTORAS DE SUFRAGIOS:



    B. MATERIALES SANITARIOS DE REFERENCIA:






    C. SEÑALÉTICA DE REFERENCIA:



    D. FUENTES CONSULTADAS:

    - Resolución Exenta Nº43, publicada el 14 de enero 2021. Ministerio de Salud de Chile.
    - Resolución Exenta N°403, publicada el 28 de mayo de 2020. Ministerio de Salud de Chile.
    - Protocolos Sanitarios Plan de Acción COVID-19 en: https://www.economia.gob.cl/2020/03/27/protocolos-sanitarios-para-funcionamiento-de-empresas.htm
    - Protocolo de Actuación en los Lugares de Trabajo en el Contexto COVID-19" en: https://www.gob.cl/coronavirus/pasoapaso#documentos/
    - Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes - COVID-19" en: https://www.minsal.cl/wp-content/uploads/2020/03/protocolo-de-limpieza-y-desinfecci%c3%93n-de-ambientes-covid-19.pdf
    - Resolución N°53-2020 de la Junta Central Electoral de República Dominicana sobre Protocolo Sanitario para Aplicar en Recintos y Colegios Electorales Elecciones Extraordinarias Generales del 5 de Julio del 2020.
    - Conclusiones de la Misión de Observación Electoral Internacional de la Unión Interamericana de Organismos Electorales para las Elecciones Extraordinarias Generales del 5 de Julio del 2020 de República Dominicana.
    - Documento "Dimensiones que Inciden en las Decisiones de los Organismos Electorales en Tiempos de Pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Mayo, 2020.
    - Documento "Lecciones aprendidas en materia de organización de elecciones en contexto de pandemia y post-pandemia" del Centro de Asesoría y Promoción Electoral del Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Julio de 2020.
    - Documento "Guía para Organizar Elecciones en Tiempos de Pandemia" de la Organización de Estados Americanos. Julio de 2020.
    - Documento "Medidas de seguridad para asegurar elecciones seguras durante la situación de covid-19"de la Oficina del Primer Ministro de Singapur. Departamento de Elecciones. Junio 2020.

    E. INSTITUCIONES QUE ENTREGARON OPINIÓN TÉCNICA (DOCUMENTO VERSIÓN PLEBISCITO NACIONAL 2020):

    - Organización Panamericana de la Salud / OMS
    - Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
    - Sociedad Chilena de Infectología
    - Sociedad Chilena de Epidemiología
    - Cruz Roja de Chile
    - Oficina Nacional de Emergencia