LLAMA A POSTULACIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL PROGRAMA FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011
     
    Núm. 174 exenta.- Antofagasta, 8 de abril de 2021.
     
    Visto:
     
    1.- Lo dispuesto en la ley Nº 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado.
    2.- El DL Nº 1.305 (V. y U.), de 1976, que reestructura y regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
    3.- La ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de la administración pública.
    4.- El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
    5.- La resolución exenta (V. y U.) Nº 422, de fecha 1 de abril de 2021, mediante la cual se autoriza a llamar a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del FSEV regulado por el DS 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones para las familias de la Región de Antofagasta.
    6.- La circular 1, de fecha 25 de enero de 2021, que regula los programas habitacionales año 2021.
    7.- La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
    8.- Las facultades que me confiere el decreto Nº 397 (V. y U.), de 1976, Reglamento Orgánico de las Secretarías Ministeriales.
    9.- El decreto (V. y U.) Nº 38, de fecha 18 de abril de 2018, mediante el cual se nombra al infrascrito como Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Antofagasta.
     
    Considerando:
     
    1.- La autorización conferida por el Sr. Ministro, conforme da cuenta la resolución citada en el numeral 5º de los vistos, en orden a efectuar llamado regional en condiciones especiales.
    2.- La necesidad de formalizar el llamado conforme a lo dispuesto en la autorización precedente.
     
    Resuelvo:

     
    1.- Llámese a postulación en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda, del DS 49 (V. y U.), de 2011, en la alternativa de postulación individual para la adquisición de vivienda construida, para el otorgamiento de subsidios habitacionales destinados a la atención de familias que apliquen su subsidio en el proyecto conjunto habitacional Brisas del Norte, en la comuna de Antofagasta.
    2.- La selección de beneficiarios se realizará hasta el 30 de abril de 2021, publicándose la nómina de familias beneficiarias en el Diario Oficial y difundida a través de un periódico de circulación regional o nacional u otro medio de comunicación pública.
    3.- Las familias deberán contar con un ahorro mínimo de 50 UF y encontrarse en el tramo de hasta el 60% del Registro Social de Hogares.
    4.- El monto máximo de subsidio será de 900 UF para 53 familias que cumplan las condiciones referidas en los resuelvos precedentes.
    5.- La cantidad de recursos dispuestos para este llamado especial será de 47.700 UF.
    6.- En todo aquello que no se encuentre regido por el presente llamado, prevalecerá lo dispuesto en el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, Reglamento del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese en su oportunidad.- Julio Santander Fuentes, Secretario Regional Ministerial Minvu Región de Antofagasta.