Artículo 16. Sobre la evaluación del Evento Fundamental.
    En aquellas becas de 1 año, o bien en el último año de las becas de 2 y 4 años, se deberá evaluar a la persona becaria exclusivamente en base al resultado obtenido en el evento fundamental, conforme a lo señalado en el artículo 2º literal g) y en el artículo 21º, ambos del Reglamento. A este respecto, la Unidad validará aquellos eventos señalados en la planificación deportiva orientados prioritariamente hacia Mega Eventos del Ciclo Olímpico y Paralímpico vigente, de verano o invierno, según corresponda, y con posterioridad a ellos se considerarán como eventos fundamentales aquellas competencias específicas de acuerdo al nivel deportivo de cada atleta, las que deberán ser del mismo nivel o superior al cual se encuentra en la beca.
    Los Campeonatos Mundiales, tanto del deporte convencional como paralímpico, podrán ser considerados como evento fundamental, solo para deportistas que posean medallas de nivel Panamericano o Parapanamericano, o medalla de Oro en Juegos Suramericanos, de su disciplina deportiva.
    En caso de que el evento fundamental del o de la deportista no se realice, y deba evaluarse en un evento de nivel superior, podrá aplicarse el Sistema de Descartes definido en el siguiente artículo, para la evaluación correspondiente. Asimismo, podrán homologarse otros eventos de acuerdo con los parámetros que se indican en el artículo 20º de la presente resolución.
    DResolución 624 EXENTA,
DEPORTE
N° 1) a)
D.O. 12.10.2021
ecretada una alerta sanitaria por la autoridad correspondiente, la Unidad podrá efectuar la evaluación de eventos fundamentales validados, considerando en dicha evaluación, todos los elementos excepcionales que afecten el rendimiento en tales eventos y que objetivamente justifiquen la flexibilización de las normas anteriormente señaladas, todo lo cual deberá ser consultado a la Asesoría Técnica del Alto Rendimiento y consignado en un informe técnico fundado de la Unidad.