DECLARA INCONVENIENCIA DE ENTREGAR NUEVAMENTE EN CONCESIÓN LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONEXIÓN VIAL AV. SUIZA - LAS REJAS" Y EXIME AL MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DEL CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN EL INCISO TERCERO DEL ARTÍCULO 25° DE LA LEY DE CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS
    Núm. 134.- Santiago, 5 de noviembre de 2020.
     
    Vistos:
     
    - El DFL MOP N° 850 de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840 de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N° 206 de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.
    - El DS MOP N° 900 de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones.
    - El DS MOP N° 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones.
    - El convenio de mandato suscrito por el Ministro de Vivienda y Urbanismo, la Directora del Servicio de Vivienda y Urbanización y el Ministro de Obras Pública de 2 de octubre de 2003, aprobado mediante resolución (exenta) Minvu N° 3.898 de 11 de noviembre de 2003.
    - La resolución DGOP N° 233 de 12 de octubre de 2004, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza -Las Rejas", a ejecutar por el sistema de concesiones.
    - Las resoluciones DGOP N° 268 de 8 de noviembre de 2004; N° 344 de 23 de diciembre de 2004; N° 6 de 13 de enero de 2005; y N° 11 de 18 de enero de 2005, que aprueban las Circulares Aclaratorias N° 1, N° 2, N° 3 y N° 4 de las Bases de Licitación, respectivamente.
    - El DS MOP N° 178 de 22 de marzo de 2005, que adjudica el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas".
    - El DS MOP N° 416 de 18 de junio de 2007, que aprueba convenio complementario N° 1 que modifica el contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas".
    - El DS MOP N° 379 de 27 de octubre de 2010, que modifica por razones de interés público las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas".
    - El oficio Ord. N° 2710 de 19 de junio de 2019 del Director del Directorio de Transporte Público Metropolitano.
    - El oficio Ord. N° 749 de 12 de julio de 2019 del Director General de Concesiones de Obras Públicas.
    - El oficio Ord. N° 2183 de 14 de octubre de 2019 del Ministro de Obras Públicas.
    - El oficio Ord. N° 17 de 23 de enero de 2020 del Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    - La resolución N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
     
    Considerando:
     
    1) Que, mediante DS MOP N° 178 de 22 de marzo de 2005, se adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas" al Grupo Licitante "Consorcio Belfi - BCF" formado por las empresas "Constructora Belfi S.A." y "Constructora BCF S.A.", quienes constituyeron la "Sociedad Concesionaria Conexión Las Rejas S.A.".
    2) Que dicha obra pública fiscal consiste en un conjunto de obras viales y estructurales que conecta Avenida Suiza con Avenida Las Rejas en los límites de las comunas de Estación Central y Cerrillos, en la Región Metropolitana, con un estándar de vía urbana que permite el desplazamiento de los nuevos buses del transporte público, logrando disminuir los tiempos de viaje. La conexión tiene una longitud aproximada de 3 kilómetros.
    3) Que, de conformidad a lo establecido en el N° 5 del referido DS MOP N°178, el contrato de concesión "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas" se extingue por cumplimiento de plazo, en un plazo máximo de concesión de 56 (cincuenta y seis) trimestres corridos, contado desde la fecha de Puesta en Servicio Provisoria de las obras, o bien, cuando se cumpla con la fórmula expresada en dicho numeral, esto es, que el Valor Presente de los Ingresos de la Sociedad Concesionaria ("VPIm") sea igual o superior a los Ingresos Totales de la Concesión ("ITC") más los posibles sobrecostos de modificación de servicios los cuales, para efectos de dicho contrato, fueron cero.
    4) Que la Puesta en Servicio Provisoria de las obras de la concesión "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas" tuvo lugar el día 1° de diciembre de 2006, por lo que el contrato de concesión se extinguirá por cumplimiento de plazo máximo a las 24:00 horas del día 30 de noviembre de 2020, fecha en la cual se cumple el plazo de 56 (cincuenta y seis) trimestres corridos contado desde dicha Puesta en Servicio Provisoria.
    5) Que, por otra parte, mediante oficio Ord. N° 2710 de 19 de junio de 2019, el Director de Transporte Público Metropolitano comunicó al Director General de Concesiones de Obras Públicas que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones está impulsando la denominada "Red Metropolitana de Movilidad" ("RED"), esto es, una nueva identidad para el transporte público metropolitano que tiene por objetivo continuar avanzando en la integración de distintos modos de transporte, unificar la imagen de la red y mejorar la calidad del servicio entregado a los usuarios y la operación de transporte.
    6) Que, en el caso particular de la obra pública fiscal "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas", mediante el oficio referido en el considerando precedente, el Director de Transporte Público Metropolitano señaló la inconveniencia de entregar nuevamente en concesión dicha obra, toda vez que su relicitación, por sí sola, no genera la suficiente inversión para justificar la utilización del mecanismo de concesiones de obras públicas.
    7) Que, en este contexto, a través de oficio Ord. N° 749 de 12 de julio de 2019, el Director General de Concesiones de Obras Públicas comunicó al Director de Transporte Público Metropolitano la necesidad de reunir a los equipos técnicos de ambos servicios para coordinar las gestiones que se requirieran para efectos de lo dispuesto en el inciso final del artículo 25° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.
    8) Que, a su vez, mediante oficio Ord. N° 2183 de 14 de octubre de 2019, el Ministro de Obras Públicas solícitó al Ministro de Vivienda y Urbanismo, que en su calidad de mandante de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas" -en conjunto con el Servicio de Vivienda y Urbanización-, emitiera un pronunciamiento en el cual se indicaran las razones técnicas que justificaran no entregar nuevamente en concesión la referida obra, en conformidad al referido artículo 25°.
    9) Que, mediante oficio Ord. N° 17 de 23 de enero de 2020, en respuesta a lo anterior, el Ministro de Vivienda y Urbanismo informó al Ministro de Obras Públicas que, de acuerdo a los análisis preliminares realizados a nivel de perfil en relación a los costos que implica para el Estado concesionar nuevamente la mantención de la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas", incluso construyendo algunos tramos nuevos que se requieran en el corredor actual, se concluye que la opción de ejecutar y mantener la obra como inversión directa del Estado es más económica respecto a la opción de entregar nuevamente en concesión la obra a través del sistema de concesiones.
    10) Que, en razón de lo señalado en el considerando precedente, el Ministro de Vivienda y Urbanismo comunicó al Ministro de Obras Públicas, en el oficio antes referido, la decisión de no volver a mandatar al Ministerio de Obras Públicas para que este último entregue nuevamente en concesión la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas", cuya ejecución, no obstante, podrá ser asumida directamente por parte del Estado a través de licitación pública.
    11) Que el artículo 25° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas dispone: "Una vez concluido el plazo de las concesiones, las obras deberán ser nuevamente entregadas en concesión por el Ministerio de Obras Públicas para su conservación, reparación, ampliación o explotación, aisladas, divididas o integradas conjuntamente con otras obras. La correspondiente licitación deberá efectuarse con la anticipación necesaria para que no exista solución de continuidad entre ambas concesiones. En caso de que las obras concesionadas hayan quedado en desuso o que por razones técnicas resulte improcedente, inconveniente o perjudicial para el Estado de Chile concesionarlas nuevamente, el Presidente de la República podrá declararlo así, mediante decreto fundado, y eximir el cumplimiento de lo indicado en el inciso anterior.".
     
    Decreto:

     
    1. Declárase la inconveniencia de entregar nuevamente en concesión la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas", por las razones técnicas indicadas en los considerandos del presente decreto.
    2. Exímese al Ministerio de Obras Públicas de la obligación de entregar nuevamente en concesión la obra pública fiscal denominada "Conexión Vial Av. Suiza - Las Rejas", establecida en el inciso tercero del artículo 25° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.
     
    Anótese, tómese razón y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfredo Moreno Charme, Ministro de Obras Públicas.
    Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud., Cristóbal Leturia Infante, Subsecretario de Obras Públicas.