ArDecreto 46,
EDUCACIÓN
Art. único
D.O. 14.06.2023
tículo 1.- El presente reglamento regula el procedimiento para el cálculo de los excedentes provenientes de los fondos solidarios de crédito universitario establecidos en los artículos 71 y 71 bis de la ley N° 18.591, que hayan tenido las Instituciones señaladas en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 4, del Ministerio de Educación, de 1981, durante el año 2022, como también, de aquellos que se hayan acumulado hasta el año 2021, de acuerdo con lo señalado en la ley N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023, en las glosas 10 y 15 de su Partida 09, Capítulo 90, Programa 02, Subtítulo 33, Ítem 03, Asignación 036, y en el Programa 03, Subtítulo 33, Ítem 03, Asignación 036, respectivamente.
    En particular, las disposiciones contenidas en este reglamento establecerán la forma en que las Instituciones de Educación Superior podrán utilizar en el año 2023, hasta un 35% de los excedentes que hayan tenido durante el año 2022, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la ley N° 18.591, para el financiamiento de las obligaciones derivadas de los estudiantes que, habiendo sido beneficiados con la gratuidad, hayan excedido la duración nominal de sus carreras hasta en un año.
    Igualmente, este reglamento establecerá la forma en que las Universidades podrán utilizar en el año 2023, hasta un 20% de los excedentes acumulados hasta el año 2021, de acuerdo con lo establecido en el artículo 75 de la ley N° 18.591, para financiar las obligaciones derivadas de la aplicación del artículo 108 de la ley N° 21.091, que no hubieran sido cubiertas en la forma indicada en el inciso anterior. Además, con cargo a estos recursos las Universidades podrán financiar gastos extraordinarios asociados al retorno de la presencialidad y para avanzar en la implementación de la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad y de la ley N° 21.369, que regula el acoso sexual, la violencia y la discriminación de género en el ámbito de la Educación Superior.