NOMBRA EN EL CARGO DE DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA PESCA ARTESANAL Y DE LA ACUICULTURA DE PEQUEÑA ESCALA -INDESPA- A DON JOSÉ PEDRO NÚÑEZ BARRUEL
    Núm. 7.- Santiago, 25 de enero de 2021.
     
    Visto:
     
    Lo dispuesto en el artículo 32° N° 10 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo cuadragésimo octavo y siguientes de la ley N° 19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N° 21.069, que crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa; en la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija planta de personal del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala Indespa y otras materias que indica; en los decretos Nos 101 y 203, ambos de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, y en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República.
     
    Considerando:
     
    1. Que, mediante la ley N° 21.069, se creó el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, en adelante "Indespa".
    2. Que, el artículo 8° de la aludida ley señala que Indespa contará con un Director Ejecutivo, quien será el Jefe Superior del Servicio y tendrá la calidad de alto directivo público, de conformidad con las normas establecidas en el título VI de la ley N° 19.882.
    3. Que, se convocó a concurso público para proveer dicho cargo, el cual fue declarado desierto mediante decreto N° 44 de 2020, operando el respectivo orden de subrogancia dispuesto en los decretos Nos 203 y 101, ambos de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
    4. Que, con fecha 7 de julio de 2020, mediante acuerdo N° 7241, adoptado en sesión ordinaria N° 1.414, el Consejo de Alta Dirección Pública aprobó el perfil para la selección del cargo de Director/a Ejecutivo/a, del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de Acuicultura de la Pequeña Escala - Indespa.
    5. Que, con fecha 15 de octubre de 2020, y mediante Of. Res. N° 73, el Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública remitió a S.E. el Presidente de la República la nómina de candidatos seleccionados para proveer el cargo de Director Ejecutivo del aludido Instituto.
    6. Que, con fecha 5 de enero de 2021, S.E. el Presidente de la República comunicó al Presidente del Consejo de Alta Dirección Pública, mediante oficio Gab. Pres. N° 6, que ha decidido seleccionar a don José Pedro Núñez Barruel, para el cargo en cuestión.
    7. Que, en virtud de todo lo anterior y de los antecedentes proporcionados por la Dirección Nacional del Servicio Civil, se ha resuelto nombrar en el cargo indicado a la persona que se anota.
     
    Decreto:

    Artículo primero: Nómbrase, a contar del día 25 de enero de 2021, a don José Pedro Núñez Barruel, cédula nacional de identidad N° 9.288.826-6, en el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala - Indespa.
     

    Artículo segundo: En conformidad a lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo de la ley N° 19.882, el presente nombramiento se extenderá por un plazo de tres años, contados desde la fecha señalada en el artículo anterior, pudiendo renovarse fundadamente hasta dos veces, por igual plazo.
     

    Artículo tercero: Que, don José Pedro Núñez Barruel, tendrá derecho a percibir los beneficios que correspondan, establecidos en el Estatuto Administrativo. Asimismo, tendrá derecho a una asignación de Alta Dirección Pública, en conformidad a lo dispuesto en la ley N° 19.882.
     

    Artículo cuarto: Por razones impostergables de buen servicio, el señor José Pedro Núñez Barruel, deberá asumir las funciones en la fecha indicada en el artículo primero del presente decreto, sin esperar la total tramitación del presente acto administrativo.
     

    Artículo quinto: El gasto que irrogue el presente decreto se debe imputar al subtítulo 21 Gastos en Personal del presupuesto vigente del Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala.

    Anótese, tómese razón, notifíquese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Julio Pertuzé Salas, Ministro de Economía, Fomento y Turismo (S).
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Julio Pertuzé Salas, Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño.