MODIFICA LA RESOLUCIÓN Nº 1.140 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, QUE LLAMA A CONCURSO EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES DEL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, PARA OPERACIONES DE ADQUISICIÓN DE VIVIENDA CONSTRUIDA O PARA LA ASOCIACIÓN O ADSCRIPCIÓN A UNA VIVIENDA DE LA NÓMINA DE OFERTA, EN EL SENTIDO QUE INDICA

    Santiago, 30 de abril de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 517 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), de fecha 27 de julio de 2020, y sus modificaciones, que llama a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de adquisición de vivienda construida o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica;
    c) La resolución exenta Nº 257 (V. y U.), de fecha 2 de marzo de 2021, que modifica la resolución exenta Nº 106 (V. y U.), de 2021, que aprobó nómina de personas seleccionadas en el llamado a concurso en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación individual, para operaciones de adquisición de vivienda o para la asociación o adscripción a una vivienda de la nómina de oferta, en las regiones que indica, dispuesto por la resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), de 2020;
    d) El DS Nº 72, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, de fecha 11 de marzo de 2021, que prorroga el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en todo el territorio chileno hasta el 30 de junio de 2021, a contar del vencimiento del período previsto en el DS Nº 646, de 2020, que prorrogó el DS Nº 104, de 2020, todos de dicho Ministerio, y
     
    Considerando:
     
    a) Que dada la imperiosa necesidad de resguardar la salud tanto de los ciudadanos como de los funcionarios públicos, teniendo en consideración la situación actual de pandemia generada por el COVID 19, es fundamental tomar todas las medidas posibles que eviten la interacción presencial;
    b) Que en el proceso de postulación al Llamado Individual dispuesto por la resolución exenta citada en el visto b), se contemplaron medidas de seguridad y de verificación de los datos señalados por el postulante en la declaración de núcleo familiar;
    c) Los correos electrónicos de fecha 1 de abril y 7 de abril de 2021, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y Jefa de la División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:

     
    1. Elimínase el resuelvo 15 de la resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), de fecha 27 de julio de 2020, y sus modificaciones, entendiéndose válida para todos los efectos la declaración de núcleo familiar registrada en el sistema informático de postulación.
    2. Establécese que los actuales resuelvos 16., 17. y 18. de la resolución exenta Nº 1.140 (V. y U.), de fecha 27 de julio de 2020, pasan a ser resuelvos 15., 16. y 17., respectivamente.
     

    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.