MODIFICA RESOLUCIONES Nº 133 Y Nº 200 EXENTAS, AMBAS (V. Y U.), DE 2021, QUE APRUEBAN GRUPOS SELECCIONADOS EN EL MES DE NOVIEMBRE DE 2020 Y SELECCIÓN COMPLEMENTARIA DE GRUPOS CON CERTIFICADO DE POSTULACIÓN APROBADA AL 26 DE NOVIEMBRE DE 2020, RESPECTIVAMENTE, SEGÚN LO DISPUESTO EN LA RESOLUCIÓN Nº 536 EXENTA (V. Y U.), DE 2020, Y SUS MODIFICACIONES, QUE LLAMA A GRUPOS ORGANIZADOS A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA LA ADQUISICIÓN DE TERRENOS Y DESARROLLO DE PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN EL SENTIDO QUE INDICA

    Santiago, 6 de mayo de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 580 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta Nº 536 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, en los meses de septiembre y noviembre de 2020;
    c) La resolución exenta Nº 133 (V. y U.), de 2021, que modifica la resolución exenta Nº 536 (V. y U.), de 2020, y aprueba grupos seleccionados en el mes de noviembre de 2020, según lo dispuesto en la resolución exenta Nº 536 (V. y U.), de 2020, y sus modificaciones, que llama a grupos organizados a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos;
    d) La resolución exenta N° 200 (V. y U.), de 2021, que aprueba la selección complementaria de grupos con Certificado de Postulación Aprobada al 26 de noviembre de 2020, presentados al Llamado en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para la adquisición de terrenos y desarrollo de proyectos de construcción en nuevos terrenos, dispuesto mediante la modifica resolución exenta Nº 536 (V. y U.), de 2020, y 
     
    Considerando:
     
    1. La necesidad de rectificar en la resolución exenta citada en el Visto c), los antecedentes de las postulaciones de los proyectos Natalia Recabarren, código Umbral 161803 y Manuel Rodríguez, código Umbral 161341, ambos de la Región Metropolitana y los montos de Asistencia Técnica asignados a las postulaciones de los proyectos Casa Artista código Umbral 161530 y Los Pinos Las Delicias, código Umbral 161980, ambas de la Región de Valparaíso y Ruka Colimapu Kula código Umbral 161993, de la Región del Biobío.
    2. La necesidad de rectificar en la resolución exenta citada en el Visto d), los antecedentes de las postulaciones de los proyectos Cabildo, código Umbral 161656, Juntos Somos Renca, código Umbral 160831 y Condominio Terrazas de Lo Boza, código Umbral 162025.
    3. Los correos electrónicos de fecha 26 y 27 de abril de 2021, que dan cuenta de la conformidad del Jefe de la División de Política Habitacional y de la Jefa de la División Jurídica, respectivamente, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente,
     
    Resolución:

     
    1. Modifícase la resolución exenta Nº 133 (V. y U.), de fecha 8 de febrero de 2021, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en el cuadro inserto en el resuelvo 1, el guarismo "127.682,6" por "124.643,08", el guarismo "225.050,34" por "225.034,44" y el guarismo "741.548,72" por "731.716,11".
    b) Reemplázase el cuadro inserto en el resuelvo 2, por el siguiente:
     
   
     
    c) Reemplázase en el cuadro inserto en el resuelvo 4, las filas Nº 1, 2, 3 y 5, por las siguientes:
     
   
                     
    d) Reemplázase el cuadro inserto en el resuelvo 5, por el siguiente:
     
   
     
    e) Reemplázase el cuadro correspondiente al Anexo Único, por el nuevo Anexo Único, que se adjunta a la presente resolución, y se entiende formar parte integrante de la misma para todos los efectos legales.
     
    2. Modifícase la resolución exenta N° 200 (V. y U.), de fecha 18 de febrero de 2021, en el siguiente sentido:
     
    a) Reemplázase en el cuadro inserto en el resuelvo 1, el guarismo "109.461,93" por "109.438,77", el guarismo "256.813,00" por "256.822,96" y el guarismo "323.504,4" por "323.499,40", correspondientes a la Región Metropolitana.
     
    b) Reemplázase en el resuelvo 4, el guarismo "825.065,63" por "824.987,43" y en el cuadro inserto en dicho resuelvo, la fila correspondiente a la Región Metropolitana, por la siguiente:
     
   
     
    c) Reemplázase en el cuadro correspondiente al Anexo Único, las filas Nº 2, 4 y 5, según se indica en el Anexo Único, que se adjunta a la presente resolución, y se entiende formar parte integrante de la misma para todos los efectos legales.
     

    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.

   
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