MODIFICA CONCESIONES DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA QUE INDICA
     
    Santiago, 12 de abril de 2021.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:
    Núm. 151 exento.
     
    Vistos:
     
    a) El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.
    b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.
    c) El decreto supremo Nº 126, de 01.04.1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora, en adelante el reglamento.
    d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
    e) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
    f) Los decretos supremos, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, señalados a continuación:
     
   
     
   
     
   
     
   
     
    Considerando:
     
    a) La resolución exenta Nº 882, de 28.05.2020, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que autorizó previamente la transferencia de las cincuenta y cuatro (54) concesiones, de frecuencia modulada, otorgadas mediante los decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos;
    b) El Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Iberoamericana Radio Chile S.A., de fecha 25 de agosto de 2020, reducida a escritura pública otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, don Álvaro González Salinas, y anotada en su repertorio bajo el número 28.020-2020, en la cual se acordó la fusión por absorción de Iberoamericana Radio Chile S.A. por Comercializadora Iberoamericana Radio Chile S.A.;
    c) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel Nº 256.729 de 13.10.2020; y, en uso de mis atribuciones,
     
    Decreto:

     
    1. Modifícanse las concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, que a continuación se señalan, cuyo titular es Iberoamericana Radio Chile S.A., RUT Nº 96.867.990-2, según consta en decretos supremos indicados en la letra f) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es Comercializadora Iberoamericana Radio Chile S.A., RUT Nº 79.947.310-0, con domicilio en Avda. Eliodoro Yáñez Nº 1783, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago:
     
   
     
   
     
    2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión.
    3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23º de la ley.
    4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la Ley, Reglamentos, Normas Técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.
     
    Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Gloria Hutt Hesse, Ministra de Transportes y Telecomunicaciones.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Francisco Miranda Olivos, Jefe División Concesiones (S).