Artículo 1. Modifíquese el decreto supremo Nº 55 de 24 de diciembre de 2019, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a las municipalidades que indica, para sus entidades administradoras de salud municipal, para el año 2020, en la forma que se señala a continuación:
     
    a) Reemplácese en el Artículo 1, la frase "$1.294.074.816.816 (un billón doscientos noventa y cuatro mil setenta y cuatro millones ochocientos dieciséis mil ochocientos dieciséis pesos)", por la siguiente:
     
"$1.294.282.433.977 (un billón doscientos noventa y cuatro mil doscientos ochenta y dos millones cuatrocientos treinta y tres mil novecientos setenta y siete pesos)".
     
    b) Sustitúyase el contenido del cuadro del Artículo 2, letra c), para los siguientes Servicios de Salud, Comunas y el Monto Total de la Asignación de Desempeño Difícil Rural Mensual, Urbano Mensual y Valor Básico Mensual, en la forma que a continuación se indica:
     
    c) Incorpórese un nuevo párrafo final al Artículo 2, letra e) Rebaja del Aporte Estatal, cuyo texto es el siguiente:
    "No obstante lo anterior, y siempre que existan razones fundadas y debidamente respaldadas, el respectivo Servicio de Salud podrá solicitar al Ministerio de Salud no aplicar, total o parcialmente, la correspondiente rebaja del aporte estatal, por incumplimiento de las metas fijadas para cada comuna, en el año 2020. El Ministerio de Salud analizará los antecedentes y resolverá la petición".