APRUEBA NÓMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS DEL LLAMADO EN CONDICIONES ESPECIALES, PARA PROYECTOS DEL CAPÍTULO PRIMERO, EQUIPAMIENTO COMUNITARIO, DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE VIVIENDAS Y BARRIOS, REGULADO POR EL DS Nº 27 (V. Y U.), DE 2016, DIRIGIDO A ORGANIZACIONES COMUNITARIAS Y JUNTAS DE VECINOS, REGIDAS POR LA LEY Nº 19.418, ASIGNA RECURSOS DISPONIBLES, PARA LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
    Núm. 386.- Temuco, 5 de mayo de 2021.
     
    Visto:
     
    1.- El decreto supremo Nº 27 (V. y U.), de 2016 y su modificación, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios y en especial lo dispuesto en su artículo 24.
    2.- La circular Nº 1, de fecha 25 de enero de 2021, del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que establece el Programa Habitacional correspondiente al año 2021.
    3.- Resolución exenta Nº 68 (V. y U.), de fecha 22 de enero de 2021, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2021 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    4.- Resolución Nº 1.237 (V. y U.), de 2019, que fija Procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica, Jurídica y Social y Fiscalización Técnica de Obras al Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    5.- La facultad que me confiere el inciso segundo del artículo 15 de la ley Nº 20.898, para otorgar subsidios, entre otros, a personas jurídicas sin fines de lucro constituidas de conformidad al decreto supremo Nº 58, del Ministerio del Interior, promulgado y publicado el año 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias.
    6.- El decreto supremo Nº 104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado con la misma fecha en el Diario Oficial, que declaró el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio chileno, por un plazo de 90 días, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.415, cuyas prórrogas han sido sancionadas por un plazo de 90 días adicionales mediante los decretos supremos Nº 269, de 12 de junio de 2020, Nº 400, de 10 de septiembre de 2020, Nº646, de 9 de diciembre de 2020, y Nº 72, de 11 de marzo de 2021, todos de la misma Cartera de Estado. f) La resolución exenta Nº 2.166 (V. y U.), de fecha 17 de septiembre de 2019.
    7.- Resolución exenta Nº 2.166 (V. y U.), de fecha 17 de septiembre de 2019, aprueba Itemizado técnico de obras para proyectos asociados al Capítulo Primero: proyectos para el equipamiento comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    8.- Resolución exenta Nº 441 (V. y U.), de 19 de abril 2021, que aprueba Itemizado Técnico de obras para proyectos asociados al Capítulo Primero: Proyectos para el Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios regulado por el DS Nº27 (V. y U.), de 2016.   
    9.- Resolución Nº 178 (V. y U.), de fecha 12 de febrero de 2021, que llama a postulación nacional en condiciones especiales, conforme al artículo 24 del DS Nº27 (V. y U.), de 2016.
    10.- Resolución Ex. Nº 6.042 (V. y U.), de 2017, y sus modificaciones, que delega facultades que indica en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo.
    11.- Ord. Nº 1387, de fecha 30 de abril 2021, emanado de Serviu Araucanía, en que se informan los proyectos que obtuvieron Calificación en el primer proceso de selección del llamado nacional 2021 en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    12.- DS Nº 49, de fecha 16 de mayo de 2018, (V. y U.) que designa al suscrito en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región de la Araucanía.
     
    Considerando:
     
    1. La necesidad de atender los Equipamientos Comunitarios que presenten un alto nivel de deterioro, como parte de la estrategia de intervención en materia de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios;
    2. Que, existe facultad indicada en resuelvo 12 de resolución Ex. Nº 178, en que los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo podrán seleccionar mediante resolución el primer y segundo proceso de selección indicado en el resuelvo 7 de la misma resolución, en atención al financiamiento disponible y a los factores de selección señalados en el artículo 72 del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016.
    3. Que, existiendo el Ord. Nº 1387, emanado de Serviu Araucanía, en que se informan los proyectos que obtuvieron calificación en el primer proceso de selección del llamado nacional 2021 en condiciones especiales, para el desarrollo de proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº27 (V. y U.), de 2016.
    4. Que, Serviu adjunta los certificados de calificación de cada uno de los proyectos indicados en Ord. citado en considerando número 3 y que se detallan de la siguiente manera: Nº 5288 del 14-04-2021, Certificado Nº 5312 del 14-04-2021 y Certificado Nº 5313 del 14-04-2021, por lo que dicto la siguiente:
     
    Resuelvo:

     
    1.- Apruébanse los montos de los recursos asignados para el primer proceso de selección del Llamado Nacional en Condiciones Especiales para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos, dispuesto por resolución exenta Nº 178 (V. y U.) de 12 de febrero de 2021, y sus modificaciones, conforme al siguiente cuadro:
     
   
     
    2.- Impútese el monto total de 6.985,51 Unidades de Fomento asignadas en esta resolución, de las cuales 6.252,23 Unidades de Fomento corresponden a subsidio, y 733,28 Unidades de Fomento corresponden a Fiscalización Técnica de Obras, conforme a los recursos señalados en la Res. Nº 178, de fecha 12 de febrero de 2021, en que llama a postulación para proyectos del Capítulo Primero, Equipamiento Comunitario, del Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, regulado por el DS Nº 27 (V. y U.) de 2016, dirigido a organizaciones comunitarias y juntas de vecinos, regidas por la ley Nº 19.418, y asigna recursos, en su resuelvo Nº 7, para la Región de la Araucanía.
    3.- Publíquese un extracto de la presente resolución en el Diario Oficial, por parte de la Seremi Regional y, de acuerdo a lo establecido en el DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, Serviu deberá publicar en, al menos, un periódico de circulación regional, un aviso que indique el lugar y fecha en que serán publicadas las nóminas de proyectos seleccionados correspondiendo éstos a Organizaciones Comunitarias y Juntas de Vecinos.
     
    Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Pablo Artigas Vergara, Seremi de Vivienda y Urbanismo Región de la Araucanía.