Artículo 16.- En la descripción del proyecto de conexión y sus principales características, el solicitante deberá señalar, de acuerdo a las especificaciones que indique el Coordinador, a lo menos lo siguiente:
     
    a. La identificación y ubicación geográfica de las nuevas instalaciones que se solicita interconectar y del punto de conexión;
    b. La descripción del punto de conexión propuesto señalando las características de diseño mínimas para efectuar la conexión;
    c. La descripción del equipamiento eléctrico del proyecto de conexión, así como de las instalaciones que a través de éste inyectarán y/o retirarán energía del Sistema Eléctrico;
    d. La fecha estimada para la obtención de la declaración en construcción ante la Comisión y la fecha estimada de interconexión del proyecto de conexión, así como de las instalaciones que a través de éste inyectarán y/o retirarán energía del Sistema Eléctrico; y
    e. Plano o diagrama georreferenciado de la acometida a la subestación que se desea conectar.