Artículo 131.- La adjudicación de las Obras de Expansión deberá estar finalizada dentro del plazo máximo de diez meses contado desde la publicación del Decreto de Expansión. En el caso de Obras de Expansión exceptuadas de licitarse de acuerdo a lo señalado en el Artículo 126.- del presente reglamento, el plazo máximo de adjudicación será de ocho meses contado desde la publicación de las correspondientes bases de licitación.