1. Modifícase la resolución exenta Nº 43, de 2021, del Ministerio de Salud en el siguiente sentido:
     
    a. Incorpórase, en el Capítulo I, el siguiente acápite XIII, nuevo:
     
    "XIII. Del Pase de Movilidad
     
    44 bis. Requisitos. Las personas podrán obtener el Pase de Movilidad cumpliendo copulativamente los siguientes requisitos:
     
    a) Haber completado el esquema de vacunación contra SARS-CoV-2 en Chile hace al menos 14 días, y
    b) No estar afecto a la medida de cuarentena o aislamiento en virtud de lo dispuesto en los numerales 9, 10, 11 y 13 de esta resolución, o por cualquiera de las causales dispuestas en la resolución exenta Nº 997, de 2020, del Ministerio de Salud.
     
    Para acreditar el cumplimiento de dichos requisitos el solicitante deberá obtener un comprobante de vacunación contra el SARS-Cov-2, el que está disponible en el sitio web https://mevacuno.gob.cl//.
    44 ter. De los efectos. El Pase de Movilidad habilitado eximirá de las restricciones que explícitamente se señalen en los actos administrativos de la autoridad sanitaria.
    44 quáter. Para efectos de verificar si un Pase de Movilidad está habilitado, se deberá exhibir a la autoridad correspondiente el comprobante de vacunación a que hace referencia el numeral 44 bis precedente."
     
    b. Incorpórase en el numeral 46, el siguiente párrafo final, nuevo:
     
    "Podrán desplazarse libremente, sin necesidad de permiso de desplazamiento, quienes sean titulares de un Pase de Movilidad habilitado. Asimismo, los menores de edad no considerados en el proceso de vacunación, podrán desplazarse libremente en compañía de su padre, madre o tutor, que sea titular de un Pase de Movilidad habilitado.".
     
    c. Modifícase el numeral 62, de la siguiente forma:
     
    i. Elimínase, en el párrafo segundo, la oración final.
    ii. Incorpórase el siguiente párrafo final, nuevo, del siguiente tenor:
     
    "Exceptúase de lo dispuesto en este numeral aquellas personas que sean titulares de un Pase de Movilidad habilitado. Asimismo, los menores de edad no considerados en el proceso de vacunación, podrán exceptuarse de lo dispuesto en este numeral en compañía de su padre, madre o tutor, que sea titular de un Pase de Movilidad habilitado.".
     
    d. Modifícase el numeral 74 de la siguiente forma:
     
    i. Elimínase, en el párrafo segundo, la oración final.
    ii. Incorpórase el siguiente párrafo final, nuevo, del siguiente tenor:
     
    "Exceptúase de lo dispuesto en este numeral, solo respecto a los traslados a comunas en "Paso 2: Transición" aquellas personas que sean titulares de un Pase de Movilidad habilitado. Asimismo, los menores de edad no considerados en el proceso de vacunación, podrán exceptuarse de lo dispuesto en este numeral en compañía de su padre, madre o tutor, que sea Pase de Movilidad habilitado.".
     
    2. Las medidas dispuestas en esta resolución entrarán en vigor el día 26 de mayo de 2021.