MODIFICA LA RESOLUCIÓN N° 224 EXENTA (V. Y U.), DE FECHA 24 DE FEBRERO DE 2021, QUE LLAMA A PROCESO DE SELECCIÓN EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 49 (V. Y U.), DE 2011 Y SUS MODIFICACIONES, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN COLECTIVA PARA PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN EN NUEVOS TERRENOS EN LAS REGIONES QUE INDICA, EN EL SENTIDO QUE SEÑALA
    Santiago, 20 de mayo de 2021.- Hoy se resolvió lo que sigue:
    Núm. 652 exenta.
     
    Visto:
     
    a) El DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda;
    b) La resolución exenta N° 224 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2021, que llama a proceso de selección en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios del Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, regulado por el DS N° 49 (V. y U.), de 2011 y sus modificaciones, en la alternativa de postulación colectiva para proyectos de construcción en nuevos terrenos en las regiones que indica, y
     
    Considerando:
     
    a) La necesidad de eliminar la exención establecida en el actual resuelvo 12., de la resolución exenta citada en el visto b), respecto a la personalidad jurídica de los grupos que participen del Llamado, y
    b) Los correos electrónicos de fecha 13 de mayo de 2021, que dan cuenta de la conformidad de los Jefes de División de Política Habitacional y Jurídica de este Ministerio, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente
     
    Resolución:
     
    1. Modifíquese la resolución exenta N° 224 (V. y U.), de fecha 24 de febrero de 2021, en el sentido de reemplazar el actual Resuelvo 12 por el siguiente:
     
    "12. Todos los documentos que presenten los grupos que participen del presente llamado, que requieran el visto bueno del grupo organizado o que deban ser suscritos por la organización, deberán contar con la firma de todos los integrantes de la misma, sea de manera presencial o aprobados por los medios electrónicos que el Serviu señale.".
     
    2. Establécese que la resolución exenta N° 224 (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.

    Anótese, publíquese y archívese.- Felipe Ward Edwards, Ministro de Vivienda y Urbanismo.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Guillermo Rolando Vicente, Subsecretario de Vivienda y Urbanismo.