INTENDENTES.
Santiago, Octubre 1.° de 1831.
En uso de las atribuciones que confiere al Gobierno el art. 116 de la Constitucion, y conformándome con las ternas de intendentes y vice-intendentes, pasadas oportunamente por las Asambleas de las respectivas provincias vengo en nombrar:
Para intendente de la provincia de Coquimbo al Jeneral don José María Benavente; y para vice-intendente a don José Santiago Aldunate.
Para intendente de la provincia de Aconcagua a don Juan Evanjelista Rozas; y para vice-intendente a don Tomas Rodriguez.
Para intendente de la provincia de Santiago al Coronel don Pedro Nolasco Uriondo; y para vice-intendente a don Pedro Urriola.
Para intendente de la provincia de Colchagua a don Feliciano Silva; y para vice-intendente a don Domingo Lavin.
Para intendente de la provincia del Maule a don Domingo Urrutia; y para vice-intendente a don José Miguel Arce.
Para intendente de la provincia de Concepcion a don José Antonio Alemparte; y para vice-intendente a don Domingo Binimelis.
Para intendente de la provincia de Chiloé a don Angel Argüelles.
Estiéndase a los nombrados los correspondientes títulos, comuníquese e imprímase.
PRIETO.
Errázuriz.